Desde el SUTEF anunciaron que “Este jueves 21 de septiembre paremos en toda la provincia” Desde el sindicato docente, expresaron que “Llamamos a toda la docencia a fortalecer y protagonizar el reclamo por aumento salarial urgente con cláusula indexación. Ni un docente pobre en Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur”, dice la convocatoria del gremio para este jueves.
Después anunciaron que habrá música en vivo y ollas populares en Río Grande y Ushuaia. Indicando luego que “Concentramos a las 13 horas; en Ushuaia en la Casa de Gobierno; en Río Grande, en la Delegación del Ministerio de Educación y habrá una olla popular en Tolhuin, donde concentramos a las 11 horas en la Rotonda”.
Por otra parte, desde la conducción del Sindicato Unificado de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Fueguina, se informó “a toda la docencia de la provincia que una medida de fuerza gremial no constituye una inasistencia injustificada”.
“La adhesión a una medida de fuerza no supone un incumplimiento, no constituye una inasistencia injustificada, no prevé ninguna sanción ni tampoco el descuento de salarios por un monto superior al de la carga horaria remunerada para la jornada”, explicaron los dirigentes del SUTEF.
Aclarando que “Por el contrario, la participación y adhesión a una medida de fuerza es el ejercicio legítimo de un derecho constitucional y operativo emergente de los artículos 14 bis de la Constitución Nacional y Artículo 16 de la Constitución de Tierra del Fuego AeIAS”.
En este mismo sentido, destacaron que “nuestra organización realizó una presentación a las direcciones de las instituciones educativas de la provincia con el fin de prever que se vulneren los derechos laborales y salariales de la docencia, ya que se configuraría en una práctica antisindical y una falta a los deberes de funcionario público, por lo que nos veríamos obligados a iniciar acciones administrativas y jurisdiccionales”.
Finalmente, los referentes del SUTEF expresaron que “Cabe aclarar que la jornada escolar supone para un sinnúmero de docentes el ejercicio circunstancial y extraordinario de una carga horaria superior al emergente de su declaración jurada, sin remuneración extra alguna. Es por tanto que, si el ejercicio de un derecho constitucional supone la abstención de la prestación de un servicio no remunerado, no corresponde que el mismo suponga un descuento de salarios que jamás se iba a devengar”.
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