Este miércoles la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de una miel calificada como un "producto ilegal", dado que presentaba irregularidades en su rótulo y composición.
Se trata de la miel "La Tranquera", elaborada por "Omar González en Belgrano 17 Bis - 2128, de Arroyo Seco, en la provincia de Santa Fe (RNE 21-062424, RNPA 21-088970)". Según precisó el artículo 1° de la disposición 9312/2022 del Boletín Oficial de este miércoles 23 de noviembre, firmada por el titular del organismo, Manuel Limeres, esta "carece de registros de establecimiento y de producto".
"Exhibe en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto y vencido", explicó el documento que comunica la restricción del producto y, además, detalló que este contiene "hidroximetilfurfural en un porcentaje superior al permitido por el CAA".En consecuencia, según señaló el artículo 2°, se determinó la prohibición de "la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE 21-062424 y RNPA 21-088970", ya que "son productos falsamente rotulados que utilizan un número de RNE inexistente y un RNPA vencido".
La investigación que derivó en la decisión de ANMAT inició en base a una notificación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), donde se reportó que dicho producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente.
De esta manera, se procedió a la toma de muestras oficiales que fueron analizadas, detectando así la "presencia de glucosa en su composición y 79,2 mg HMF/Kg miel (hidroximetilfurfural)", además de la falsa rotulación, por lo que se pasó al "decomiso, desnaturalización y destino final" de dicha miel."A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales y al no poder garantizar su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad", el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó que se prohibiera la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país del producto circulante.
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