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Judiciales

Confirmaron parcialmente el procesamiento contra Assan en la causa por estafa

 

La Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de la Provincia confirmó parcialmente el procesamiento contra el defensor oficial de Ushuaia Juan Carlos Assan, en la causa donde se investiga una presunta estafa cometida en perjuicio de la empresa Euskal SA por la venta de un terreno en el barrio Los Cauquenes de Ushuaia.

Assan había sido procesado por la jueza María Cristina Barrionuevo en orden al delito de “estafas reiteradas” (por dos hechos) y “estafa procesal en grado de tentativa”.

Sin embargo, los camaristas Walter Tabárez Guerrero, Jorge Luis Jofré, y Francisco Justo De la Torre, resolvieron días atrás confirmar el procesamiento en torno a uno solo de los hechos y bajo la figura “tentativa de estafa”, mientras que lo sobreseyeron por el caso de la presunta estafa procesal.

El defensor público que está suspendido del cargo a raíz de este hecho, y que también enfrenta otra causa penal, está acusado de realizar una maniobra para escriturar a su nombre un terreno que adquirió a la empresa Euskal por un valor de 110 mil dólares en abril de 2012.

Según la acusación fiscal, el funcionario judicial se comprometió a pagar un saldo de esa operación en 24 cuotas de 2.641 dólares, a depositar en una cuenta bancaria identificada en el contrato.

Sin embargo, a partir de la cuota 5 y hasta la 8, Assan resolvió cambiar “unilateralmente” la modalidad y comenzó a pagar el equivalente en pesos en otra cuenta bancaria.

Como a partir de la cuota 12, la cuenta del último banco fue cerrada, las transferencias eran rechazadas y el dinero devuelto al pagador.

No obstante, el fiscal y luego la jueza Barrionuevo, dieron por demostrado que el defensor utilizó los comprobantes bancarios de las transferencias (incluso las rechazadas) para intentar escriturar el predio a su nombre, algo que no consiguió porque la escribana que intervino en el trámite chequeó con el vendedor si el dinero había sido efectivamente girado a la cuenta.

Además, Assan planteó luego una demanda judicial en el ámbito civil en la que, según la Justicia de primera instancia, pretendió engañar al juez con los mismos comprobantes usados para el intento de escrituración.

Al analizar el caso, los camaristas coincidieron en que el solo hecho de transferir el dinero en pesos en lugar de hacerlo en dólares a la cuenta que estaba pactada, puede constituir un incumplimiento contractual, pero no es suficiente para ser considerado una estafa.

Incluso porque Assan argumentó que el cambio obedeció a la imposibilidad de comprar los dólares debido a las restricciones cambiarias imperantes en aquel momento.

“No implicó la utilización de un medio artificioso que deformara la realidad, esto es, representar o fingir algo que no es; ni una “mentira adornada de razonamientos idóneos para hacerla pasar por verdad”, afirmaron los jueces.

En cambio, el hecho de presentar los comprobantes de las transferencias fallidas para lograr la escrituración sí fue considerado un delito.

“Para la suscripción de la escritura y entrega de posesión del inmueble, había dos posibilidades: hacerlo luego de la firma del contrato de cesión de boleto de compraventa -durante su ejecución-, pero hipotecando el bien por el saldo impago; o bien contando con el total de las cuotas canceladas -con lo que obviamente no resultaría necesaria la hipoteca-“, razonaron los magistrados. Y agregaron que el defensor “habría pretendido la suscripción de la escritura traslativa de dominio, con la consiguiente entrega de posesión del inmueble a su favor sin haber abonado el precio total ni hipotecar el bien por el monto correspondiente a las cuotas no canceladas”.

Los jueces dieron por probado que Assan tenía conocimiento del rechazo de las transferencias, y descartaron que no prestara atención a semejante movimiento de dinero.

“Cuando Assan afirmó haber pagado todas las cuotas previas -acompañando los comprobantes de las transferencias fallidas para acreditar tal circunstancia (…) habría conocido la falsedad de aquélla afirmación, ocultando deliberadamente los rechazos de dichos pagos”, indica el voto del juez Tabárez Guerrero.

“Por ende, habría obrado guiado por la voluntad de engañar y ocasionar un perjuicio patrimonial a la firma cedente, con el ánimo de obtener la transferencia de dominio y posesión del inmueble sin haber abonado su precio total ni constituir la hipoteca oportunamente pactada”, agregó.

Después, el fallo considera que “el delito no se habría consumado” por lo que “el encuadre jurídico atribuido por la jueza al hecho bajo análisis resulta arbitrario, debiendo modificarse y calificarse prima facie en el delito de tentativa de estafa”.

También descarta con otros fundamentos que se haya cometido el delito de estafa procesal en el expediente civil y que se haya engañado al Municipio para que autorizara un permiso de construcción sobre el terreno, sin que todavía estuviera concluida la escritura.

 

La causa de los electrodomésticos

 

Assan es el mismo defensor que ya fue indagado en otra causa bajo la sospecha de haberle cobrado por sus servicios a uno de sus asistidos en un juicio oral y público, y de haberlo hecho exigiéndole la compra de electrodomésticos para su uso personal.

La denuncia fue presentada en junio por el propio jefe de defensores y defensor ante el Superior Tribunal de Justicia, Gustavo Ariznabarreta, quien tomó conocimiento del presunto delito tras entrevistarse con un ex funcionario que dice haberle pagado al funcionario judicial con un “horno eléctrico y un lavarropas”.

La presentación de Ariznabarreta dio lugar a una causa penal que está cargo de la jueza de instrucción María Cristina Barrionuevo, y en la que interviene el fiscal Mayor de Ushuaia, Guillermo Massimi.

Barrionuevo ordenó al menos dos allanamientos vinculados con el caso y logró el secuestro de los electrodomésticos mencionados.

Assan prestó declaración indagatoria y se defendió aduciendo que a veces los defensores le prestan dinero a los asistidos y que, en este caso, se lo estaban devolviendo con los artículos en cuestión.

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