El Dr. Cesari Hernández mediante una entrevista con Minuto Fueguino habló sobre la resolución de una causa en la cual fue sobreseída una mujer que en el mes de abril roció con alcohol y prendió fuego a su pareja cuando anteriormente éste la había sido violentado físicamente.
En primer lugar, el abogado comenzó diciendo “en el día de ayer resolví la situación procesal de la señorita Dos Santos, decidí el sobreseimiento de la misma por diversas razones. Las primeras versiones del caso presentaban a una persona lesionada por la acción del fuego, por lo cual, se presumía que su estado era de relevancia, pero el avance de la investigación y la intervención de los médicos del cuerpo forense determinaron que estas lesiones eran leves, esto quiere decir que no estuvo en riesgo su vida y no demandaban más de treinta días de curaciones”.
Por otro lado, remarcó “debo destacar que la víctima, en este caso el esposo se presentó tanto en el juzgado, como en la fiscalía solicitando que la causa no continuara, que su intención no era continuar con esto. De modo tal que, en este caso siendo las lesiones de carácter leves él tenía la posibilidad de realizar esta manifestación, pero a su vez esta no tiene efecto de interrupción, ya que cuando uno hace una denuncia, ésta no puede quedar sin efecto”.
Por tal motivo “se llamó a indagación inmediatamente a esta señorita, la cual había estado detenida anteriormente. Luego de realizar todas las tareas periciales, llegamos a la conclusión que las pruebas que se habían recolectado, no permitía alcanzar el grado de sospecha y certeza que requiere un procesamiento”.
A su vez, señalo que “en este caso en particular, nos encontramos en un estado que ni siquiera podíamos elevar la sospecha a un grado intermedio que es el procesamiento. Si bien, estaba probado que la mujer le arrojo alcohol a su pareja y luego lo prendió fuego, se crea una situación de duda en cómo sucedieron estos hechos, ya que esto fue dentro de la vivienda y sin testigos”.
Del mismo modo, agregó que “la mujer reconoció lo que hizo, pero alegó que esto fue hecho en defensa propia y que éste hombre la estaba agrediendo físicamente, manifestando que su vida corría peligro. A su vez, cuando la víctima declaró dijo que esto era totalmente cierto, que él la había agredido”.
También “se realizó un pedido a la Policía Científica para que puedan determinar cómo fue este ataque, a lo cual nunca se pudo saber bien como fueron los hechos, por ende, estas dudas refuerzan aún más con los antecedentes que fueron verificados en el marco del proceso en relación a esta pareja, donde esta mujer manifestó ser víctima de violencia de género desde hace mucho tiempo atrás”.
Como resultado dio que “esta resolución se impone debido a los análisis, solución y respuestas en relación a la causa de esta mujer, y que todas estas sean bajo la perspectiva de género. Por tal motivo, en el día de ayer la señorita Dos Santos fue sobreseída por operar una duda razonable en una investigación guiada con parámetros y principios de perspectiva de género, obligando a considerar que lo que hizo la mujer fue en defensa propia”.
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