El Juez en lo Civil y Comercial, Dr. Aníbal López Tilli, falló a favor de la Provincia respecto de las actuaciones que se realizaron desde el Gobierno en el mes de junio, luego de que se evidenciaran problemas en la distribución de gas envasado por parte de la empresa Gas Austral en plena vigencia del Decreto 311, el cual establece que se debe garantizar el abastecimiento y los servicios públicos en el contexto de pandemia.
En ese marco, la Secretaría de Comercio dictó una resolución preventiva que ordenó a Gas Austral garantizar la normal distribución de gas envasado, medida que fue ratificada por la justicia.
Al respecto, el Secretario de Comercio de la Provincia, Aníbal Chaparro, comentó que “este es un antecedente muy importante en materia de defensa del consumidor que no solo reconoce las actuaciones que realizó la provincia, sino que de alguna manera reconoce nuestro planteo de considerar la distribución de gas envasado como servicio esencial”.
“Es la primera vez que la Secretaría de Comercio dicta una medida preventiva para garantizar la continuidad del servicio y ante la objeción de la empresa prestataria, la Justicia confirma nuestra competencia y las actuaciones que realizamos”, agregó.
Asimismo, el funcionario destacó “el trabajo articulado de diversas áreas del Estado Provincial que permitió resolver el problema de distribución de gas envasado con celeridad, teniendo en cuenta que ocurrió en pleno invierno, en contexto de pandemia y afectando sobre todo a las familias más vulnerables”.
Por su parte, el Secretario de Energía, Moisés Solorza, indicó que “el fallo fue el resultado de las actuaciones que llevamos adelante desde la Secretaría de Energía, la Secretaría de Comercio y la Secretaría de Representación Política del Gobierno contra la empresa en junio por actuaciones que fueron realmente vergonzosas, cuando en plena vigencia del Decreto 311 que impedía el desabastecimiento y corte de los servicios públicos Gas Austral tuvo un desabastecimiento en toda la ciudad, más que nada en los sectores más vulnerables”.
“El juez resolvió justamente darnos la razón, haciendo mención tanto a cuestiones constitucionales como a la Ley Nacional de Desabastecimiento y a la Ley Provincial 962. Esto nos da herramientas a la Secretaria de Comercio de la Provincia y a la Secretaría de Energía de la provincia en este tipo de actuaciones”, precisó el funcionario.
Asimismo, profundizó que “esto genera un antecedente realmente muy importante porque pone al Estado en un rol que lamentablemente antes no tenía, ni en el Gobierno anterior ni en otro, porque no se encuentran precedentes de acciones de esta naturaleza”.
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