El abogado de la ganadora de la Quiniela el pasado 10 de julio, el Dr. Clemente Vidal Oliver, se refirió al reclamo iniciado para cobrar el 100% del premio el que ronda los $12.000.000 de los cuales fueron liquidados solamente un poco más de $3.000.000.
En esa línea, el Dr. Clemente Vidal Oliver detalló que su cliente solamente cobró “lo que el IPRA quiso pagar. No cobró lo que debería haber cobrado porque cobró $3.200.000. Apostó unos $25.000 y debería haber cobrado $12.000.000, menos las deducciones que realiza el IPRA. Para que quede claro, ella hizo su apuesta y nadie le dijo que, por ser una apuesta alta, si llegaba a ganar habría que ver si se lo iban a pagar”.
Añadiendo que “tampoco dice eso en el boleto porque cuando alguien juega le dan un cupón. No dice que le vayan a descontar algo, más allá de las RUPE por ejemplo, que es una retención que hace el IPRA y son fondos que van a las pensiones. En realidad, no sé si descontaron las RUPE porque al no tener una liquidación ni siquiera podemos saber eso”, sostuvo.
Debido a la maniobra gestionada por IPRA, el magistrado consideró que “la oferta de juego por lo menos no es sincera o es desleal porque al apostador le están diciendo que apueste, pero no le dicen que si gana el apostador van a ver cuánto le va a pagar. Esto es lo que nos mueve a decir que vamos a ir a buscar la diferencia. La gente que juega a lo mejor parte de la base de que de enero a enero la plata es del banquero, pero el Estado está atrás del juego y debería hacerse cargo de la apuesta”.
Asimismo, apuntó al reglamento el cual se escuda IPRA, indicando que se puede acceder al mismo mediante la página oficial, pero en el texto “no dice quién lo escribió, cuándo se publicó en el Boletín Oficial y ahí ya empezamos con poca claridad. Leyendo el reglamento, aplican lo que ellos llaman el ‘tope de banca’, que está en el artículo°43, pero el artículo°44 dice que el presidente del IPRA, si lo estima conveniente, tiene la facultad de pagar el 100%. Por eso digo que esto es lo que el IPRA quiere pagar”, remarcó.
En ese marco, recordó que “el día que fuimos la primera vez con mi cliente no nos quisieron dar ni siquiera una constancia de que nos habíamos presentado al cobro como para aventar el tema de la caducidad por la fecha, porque si pasa un tiempo determinado y no se presenta a cobrar, no cobra nada. El plazo suele ser de una semana”, dijo el Dr. Clemente Vidal Oliver.
Ese necesario resaltar que, anteriormente el Estado ya tuvo que pagar $2.000.000 por un juicio perdido por el IPRA en torno a un cobro indebido del canon, y por eso sostuvo que “yo creo que el Estado provincial va a tener responsabilidad en esto”.
Asimismo, detalló que “cuando le pagaron a mi cliente ni siquiera le dieron una liquidación. No explicaron por qué llegaron a los $3.200.000 y honestamente no lo sabemos. Este miércoles fuimos a presentar un pedido para tomar vista de las actuaciones que hayan labrado para llegar a ese pago, pero ni siquiera tuvimos eso. A mi cliente le pagaron a través de una transferencia, donde solamente está el monto del que estamos hablando y nada más”.
A raíz de esta falta de explicaciones hacia su clienta, el abogado adelantó que “yo tengo que ir a pedir vista del expediente que hayan generado, siempre y cuando hayan generado un expediente porque ya no me asombra nada. Toda la actividad estatal se rige por el derecho administrativo y a través del derecho administrativo, para cada cuestión se genera un expediente. Acá no ocurrió y ni siquiera nos dijeron que el pago correspondía a determinado expediente”, avizoró.
Agregando que “nosotros tuvimos que ir a constituirnos en el IPRA, presentar el escrito correspondiente de acuerdo a la ley N°141 para tomar vista del expediente por el cual le pagaron a mi cliente, pero no sé cuál es, no tengo el número ni la carátula. Esto lo presentamos este miércoles. Ya hablamos con el presidente del IPRA la semana pasada, con el señor Arosteguichar y él está asumiendo una posición completamente irreductible, escudándose en este presunto reglamento del que no sabemos cuándo fue dictado y esto es fundamental para la actividad estatal. Si no me dicen cuál es el número de decreto yo no lo puedo ir a confrontar”, advirtió.
A modo personal, analizó que “creo, porque no me consta, que sacaron una resolución, no dirigida a los apostadores sino a los agencieros, donde dice que en este sorteo tienen que pagar un determinado monto y nada más. No me consta, no conozco el número de resolución y no la vi”.
Por otro lado, adelantó que el IPRA tiene tres días para otorgar la vista y “en caso de que no conteste creo que vamos a judicializar la situación, pero, en otros términos. En principio el interés legítimo nuestro es que mi cliente cobre por lo que pagó. Esto no tiene lógica porque el IPRA dice que no recaudó lo suficiente para pagar. Me pregunto qué sucede con los otros sorteos donde se paga mucho menos que la recaudación. La verdad no me parece justo, ni transparente, ni leal. Estamos en pleno Siglo XXI y ya nadie discute los derechos del consumidor”.
Sin embargo “acá parecería que no les llegó la información sobre el derecho del consumidor. Ahora vamos a ver con qué nos encontramos y si tengo el expediente en la mano podré ser más preciso, pero no sé cómo llegan al número, ni cuánto recaudaron en este juego. El IPRA no le dice a nadie cuánto recauda por juego o por lo menos no se lo dice al pueblo. Honestamente no sabemos y esto es lo que deja el trago amargo. Yo tengo al Estado provincial enfrente como una banca y espero que tengamos seriedad en eso porque así parece que hubiéramos jugado en la Quiniela clandestina”, cuestionó.
Por útlimo, el doctor puntualizó en los antecedentes de este tipo y dijo que según Diego Perotti “es la tercera vez que salta la banca en los últimos 30 años, pero creo que las otras dos veces se pagó el 100%. Esta vez no lo quieren pagar porque es mucha plata, pero es lo que apostó mi cliente y lo que le deberían pagar. Lo que más lamento es haber perdido la capacidad de asombro, más viniendo del Estado”, cerró.
Recordemos que, su cliente apostó $25.000 al número 979 en la quiniela nocturna y al ganar, debería haberse hecho acreedora de un premio bruto de $12.500.000, debido a que se calcula la apuesta que hizo por 500 veces. A raíz de los impuestos y retenciones, le deberían haber pagado $11.000.000, pero solamente cobró $3.200.000.
Todo sucedió cuando el IPRA decidió aplicar el artículo °43 del reglamento, llamado “tope de banca”, el que establece que, si la suma total de premios devengados supera el doble de la recaudación realizada en el sorteo, abonarán todos los aciertos a prorrata, pero distribuyendo el monto en forma proporcional al acierto obtenido. Dicho reglamento también indica en su artículo siguiente que el IPRA puede “suspender a su criterio” el tope de banca y liquidar los premios al 100%, pero esta opción no fue considerada.
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