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Judiciales

Quedó firme la pena de 12 años de cárcel para Mario Alejandro Gordillo Ojeda

El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte condenó el pasado 9 de Agosto a la pena de 12 años al odontólogo Mario Gordillo acusado de haber cometido abuso sexual. Tras el falló, el hombre fue detenido para ser trasladado a la Unidad de Detención N°1.

Gordillo era acusado de haber abusado sexualmente de un menor de edad, en un número indeterminado de veces, mediante actos que, por sus circunstancias de comisión y duración, “constituyeron un abuso sexual gravemente ultrajante”.

Asimismo, se le atribuye el haber suministrado pornografía. Los hechos habrían ocurrido en el interior del consultorio del imputado, en la ciudad de Río Grande, desde los 11 y hasta los 13 años de edad de la víctima, entre el 4 de junio de 2013 hasta el 14 de noviembre de 2015.

Finalmente, la sentencia fue confirmada tras la decisión del Superior Tribunal de Justicia de no conceder el recurso de casación que fue presentado por la defensa de Gordillo Ojeda luego de concluir que el veredicto dictado por el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande se ajusta a los hechos que fueron ventilados durante el desarrollo de las audiencias.

La resolución del Superior Tribunal cuenta con el voto fundado del juez Ernesto Lóffler, al que adhirieron la jueza María del Carmen Battaini y el juez Carlos Gonzalo Sagastume.

En su voto el juez Löffler sostiene que “los hechos que se tuvieron por acreditados tuvieron una neta entidad corruptora, tanto por su reiteración como por la corta edad de la víctima cuando comenzaron los abusos, su completa inexperiencia en lo que a la esfera sexual se refiere, el aprovechamiento del ambiente de aislamiento (consultorio) en que se encontraban el menor y el victimario, mientras éste último llevaba a cabo sus libidinosas prácticas, las charlas sobre masturbación y vida íntima, la exhibición de pornografía. Todos ellos constituyen actos prematuros y depravados que han configurado un marco de entidad tal como para que se produzca un desvío de lo que ha de ser la normal sexualidad” de la víctima.

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