La Sala I de la Cámara de Casación Penal declaró admisibles los recursos extraordinarios presentados por cuatro víctimas de la megacausa en la que se investigan las torturas y violaciones a los derechos humanos que padecieron soldados conscriptos durante la Guerra de Malvinas por parte de sus superiores, y la Corte Suprema de Justicia deberá resolver si los hechos denunciados deben ser investigados como delitos de lesa humanidad.
Los recursos extraordinarios federales presentados por el Ministerio Público Fiscal, el Centro de Ex Combatientes de Islas Malvinas La Plata (Cecim), la Comisión por la Memoria de la Provincia (CPM) de Buenos Aires, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires y la querella por las víctimas Oscar Torres, Carlos Raymundo Rodas, Jorge Ramón Diez y Oscar Orlando Frías.
"Los agravios expuestos en los recursos extraordinarios federales resultan suficientes para habilitar al debate" sostiene en su voto la jueza Figueroa. Foto: Archivo.
El fallo, al que tuvo acceso Télam. lleva la firma de los magistrados Ana María Figueroa y Diego Barroetaveña, y contiene consideraciones del camarista Daniel Antonio Petrone, el restante integrante del tribunal que no suscribió la sentencia por encontrarse en uso de una licencia.
"Los agravios expuestos en los recursos extraordinarios federales resultan suficientes para habilitar al debate de una cuestión federal al vincularse con la interpretación y alcance del derecho penal internacional y humanitario de investigar presuntos delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra, tortura y graves violaciones a los derechos humanos", sostiene en su voto la jueza Figueroa.
Una denuncia presentada en 2007 por la Subsecretaría de Derechos Humanos de Corrientes, recolectó los primeros 25 casos de supuestos tormentos a soldados.
En ese sentido, la magistrada remarcó que se encuentra en juego "la obligación del Estado argentino de investigar y sancionar a sus responsables", y apuntó que un "incumplimiento" al respecto "generaría responsabilidad ante la comunidad internacional".
Por su parte, Petrone indicó además que los recursos extraordinarios "se encuentran legitimados" y hablita las vías excepcionales interpuestas a fin de que el caso sea analizado por el más alto Tribunal como fiel intérprete y en salvaguarda final de los derechos y garantías consagrados en la Constitución Nacional".
En tanto que Barroetaveña coincidió con sus dos colegas y de esta manera la Corte quedó habilitada para decidir si el Estado tiene la obligación de investigar y eventualmente juzgar las graves violaciones a los derechos humanos.
En mayo, la misma sala anuló un fallo judicial contra el exmilitar Jorge Oscar Ferrante, quien en 1982 era oficial del Regimiento de Infantería 5 y estaba imputado de apremios ilegales y sometimiento a la tropa.
En uno de los casos, la Fiscalía, la justicia de primera instancia de Tierra del Fuego y la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia habían considerado que se investigan delitos de lesa humanidad y, en consecuencia, imprescriptibles. Foto: Archivo.
Por intermedio de esta decisión firmada por Barroetaveña y Petrone, y el voto en disidencia de Figueroa, Ferrante había quedado virtualmente sobreseído.
Este fallo revocatorio fue dictado acorde con uno anterior en el mismo sentido firmado por otra sala de Casación y que había favorecido a otro militar, Jorge Taranto, también acusado por esos hechos.
La Fiscalía, la justicia de primera instancia de Tierra del Fuego y la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia habían considerado que en la causa se investigan delitos de lesa humanidad y, en consecuencia, imprescriptibles.
La Sala I de la Cámara de Casación determinó que la Corte Suprema deberá tomar ahora una decisión de fondo sobre la obligación del Estado de investigar estos delitos.
Entre esos hechos denunciados figuran estaqueamientos de soldados a la intemperie por prolongados lapsos, en algunos casos sin abrigo ni zapatos; el enterramiento de pie en pozos que las mismas víctimas debían cavar, golpizas y la deliberada falta de provisión de elementos de subsistencia, se reseñó en el fallo.
Los jueces de Casación destacaron que su decisión "no implica abrir juicio sobre la cuestión de fondo que constituye el objeto de esta inspección pues, vale reiterarlo, más allá de nuestra opinión sobre la categorización de los hechos juzgados, lo cierto es que el tópico fue objeto de expreso tratamiento y decisión en una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada".
Ante esta decisión, las querellas presentaron recursos federales extraordinarios y la Sala I de la Cámara de Casación determinó que la Corte Suprema deberá tomar ahora una decisión de fondo sobre la obligación del Estado de investigar estos delitos.
"Es un gran paso para construir Memoria, Verdad y Justicia con los soldados que fueron torturados en Malvinas. Ellos son las últimas victimas colectivas de la dictadura militar", indicó en declaraciones a Télam Jerónimo Guerrero Iraola, representante de la querella que sigue el Cecim La Plata en este expediente.
La investigación tuvo su origen en una denuncia presentada en 2007 por la Subsecretaría de Derechos Humanos de Corrientes, que recolectó los primeros 25 casos de supuestos tormentos a soldados, incluyendo estaqueamientos y enterramientos por pedir o procurarse alimentos y actualmente se encuentra radicada en los tribunales federales de Río Grande, en Tierra del Fuego, y es instruida por la jueza Mariel Borruto.
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