no de los principios básicos del sistema internacional es el respeto de la igualdad soberana entre los Estados, lo que incluye el respeto de la integridad territorial. Durante siglos, los imperios fueron esquivos a respetar estos principios.
Hace 176 años, la Argentina era, nuevamente, víctima de este accionar. El Reino Unido –que había violado la integridad territorial argentina al usurpar las islas Malvinas en 1833– se aliaba a Francia para bloquear los puertos de la Argentina y del Uruguay para imponer por la fuerza a ambos Estados su visión de la navegación de los ríos sudamericanos. Las potencias europeas se arrogaban una libertad de navegación en desmedro de la soberanía de los Estados sudamericanos, que invocaban la necesidad de contar con su autorización para que buques extranjeros los navegaran.
La defensa de la soberanía nacional por parte del gobierno de Juan Manuel de Rosas permitió dejar de lado las profundas divisiones existentes en la sociedad argentina de entonces. Recibió elogios de todos los sectores políticos, incluso de sus más acérrimos opositores. Por ejemplo, Juan Bautista Alberdi expresaba desde el exilio chileno: “Aunque opuesto a Rosas como hombre de partido (…) veo en su cabeza la escarapela de Belgrano”. El general San Martín, por su parte, ofreció sus servicios a Rosas para defender la soberanía nacional y, tras su muerte, le legó su sable “como prueba de la satisfacción que, como argentino, he tenido al ver la firmeza con que ha sostenido el honor de la República contra las injustas pretensiones de los extranjeros que trataban de humillarla”
Tras la infructuosa campaña anglo-francesa, se puso fin al bloqueo del Río de la Plata mediante la celebración de tratados con Francia y el Reino Unido, cuyos títulos eran en ambos casos la “Convención para restablecer las perfectas relaciones de amistad” entre las partes.
El firmado con Londres fue el tratado Arana-Southern del 24 de noviembre de 1849. Ambos tratados tenían por objeto ponerle fin al bloqueo y resolver la cuestión de los ríos interiores.
Ciertos comentaristas británicos, jugando con el título del Tratado, han avanzado en una errónea interpretación según la cual, mediante ese acuerdo, la Argentina habría renunciado a su reivindicación sobre las islas Malvinas. En 2013, por primera vez desde su celebración, el gobierno británico hizo propio este argumento, en un documento distribuido en la Asamblea General de las Naciones Unidas. Cabe preguntarse por qué, si fuera cierta la existencia de tal abandono en 1849, el gobierno británico no la invocó con anterioridad en las numerosas ocasiones en que ambos países discutieron la cuestión o presentaron sus puntos de vista durante 164 años.
La explicación es simple. Ante la debilidad extrema de los argumentos británicos, se trata de buscar nuevos argumentos para sostener su posición contraria al derecho internacional. En los 188 años de existencia de la controversia, el Reino Unido ha variado en numerosas ocasiones sus argumentos. Lo que contrasta con la sólida posición argentina, la cual no ha variado una coma desde que sus derechos fueran expresados en la toma formal de posesión de las islas, el 6 de noviembre de 1820, y en el decreto de creación de la Comandancia Política y Militar de las Islas Malvinas del 10 de junio de 1829.
El Artículo 1° del Tratado define su objeto y fin, que es resolver las “diferencias que han interrumpido las relaciones políticas y comerciales entre los dos países”, que eran las surgidas por la intervención franco-británica en el Río de la Plata. La manera de hacerlo era poner término al bloqueo y resolver la cuestión de la navegación de los ríos. La cuestión Malvinas no había interrumpido jamás las relaciones políticas y comerciales entre los dos países. Argentina, en 1833, no interrumpió las relaciones diplomáticas. El tratado imponía su aceptación por el presidente uruguayo, Oribe, para el arreglo de “las diferencias existentes”, lo cual obviamente no podía incluir a las Malvinas.
Tras la firma del Tratado, la cuestión Malvinas quedó como estaba hasta entonces: la Argentina mantuvo su reivindicación y Gran Bretaña se negaba a discutir la cuestión. Mientras en Buenos Aires se negociaba el Tratado, el representante argentino en Londres, Manuel Moreno, había nuevamente protestado ante el primer ministro británico, Lord Palmerston, quien le confirmó que la cuestión sobre la soberanía de Malvinas no estaba cerrada, sino pendiente. Apenas un mes después de celebrado el Tratado, Rosas informó del mismo en su mensaje a la Legislatura bonaerense. Acto seguido informó sobre las gestiones de Moreno en Londres, ratificando su accionar e insistiendo sobre la reclamación argentina sobre las Malvinas, como lo hacía en sus mensajes todos los años. Mal podía entonces haber renunciado a ellas.
El Reino Unido debe dejar de invocar argumentos absurdos para intentar justificar su despojo y desobedecer a sus obligaciones internacionales. Resolver las controversias por medios pacíficos y poner fin al colonialismo no puede ni debe seguir dilatándose. A casi cuarenta años del conflicto armado, su doloroso recordatorio debe hacer reflexionar sobre lo irresponsable de dejar disputas abiertas para las generaciones futuras. El mejor homenaje a los caídos es avanzar concretamente en la solución de la controversia.
*Profesor de Derecho Internacional, The Graduate Institute de Ginebra.
**Abogado y docente de Derecho Internacional, UBA-UP. Autores de Las Malvinas, entre el derecho y la historia.
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