La República Argentina sienta su soberanía sobre las Islas Malvinas en razones geográficas, históricas y legales. En principio, lo hace en su localización dentro de la plataforma continental. Desde lo institucional, la ley 27.757 de Espacios Marítimos extendió los límites marinos más allá de la milla 200, incorporando a la Plataforma Continental Argentina aproximadamente 1.782.500 kilómetros cuadrados.
Dicha norma es el resultado del trabajo desarrollado ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, en el marco de la Organización de las Naciones Unidas, en la que fueron consideradas las recomendaciones presentadas por la Argentina. Estos fundamentos sustentan la reafirmación de los derechos argentinos sobre la plataforma, sus riquezas y la asignación de medios y recursos para su investigación y uso sostenible.
En segundo lugar, sienta su soberanía en la posesión y reafirmación de derechos de 1820, cuando la provincia de Buenos Aires las tomó como sucesión de España, creando la Comandancia Política y Militar de las Islas Malvinas con asiento en la isla Soledad. Y en tercera instancia, en el fundamento histórico, basado en el derecho, por haber pasado a ser heredera de la soberanía española en las islas.
Para comprender la esencia y circunstancias del conflicto, debemos considerar que las Islas Malvinas formaron parte de la jurisdicción española en el “Nuevo Mundo” desde su descubrimiento, en 1492, en virtud de las Bulas Pontificias y el Tratado de Tordesillas, que fundamentaban los títulos de España bajo las normas del derecho internacional de la época.
Cuando sólo navegantes al servicio de España surcaban las rutas de la costa sudamericana, en procura de un paso al océano Pacífico, fue la expedición del explorador Fernando de Magallanes la que, en 1520, descubrió las Malvinas. Las islas quedaron registradas en la cartografía europea y dentro de los espacios bajo control efectivo de las autoridades españolas, aunque con diversos nombres, según quien diseñara dichos mapas.
Dos siglos más tarde, y pese a los acuerdos de la “Paz de Utrecht”, firmada en 1713, las Malvinas comenzaron a cobrar interés estratégico para las potencias europeas, especialmente Gran Bretaña, que aspiraba a establecerse en una posición estratégica para el control del Estrecho de Magallanes.
En 1764, Francia se estableció en “Port Louis” (Isla Soledad), generando la protesta de España, el reconocimiento francés de su derecho sobre las islas, la evacuación y la posterior entrega del establecimiento a las autoridades españolas.
Desde 1767, las Malvinas mantuvieron un gobernador español, que dependía de Buenos Aires, aunque residía en las islas. Transcurrido un año y ante la instalación británica de un fuerte en la Gran Malvina, España efectuó la protesta, expuso sus derechos y, en 1770, expulsó a los ocupantes.
Sin embargo, un año después, se llegó a un acuerdo, que incluía la restitución de “Port Egmont” a Gran Bretaña, con el objeto de salvar el honor del Rey, pero quedando ratificada expresamente la soberanía española sobre todas las Islas Malvinas. Desde ese momento, España ejerció su jurisdicción sobre el archipiélago desde Puerto Soledad.
Independientemente de que, hasta la Revolución de Mayo, se sucedieron 32 gobernadores españoles en Puerto Soledad, durante las luchas por la Independencia, los gobiernos de las Provincias Unidas consideraron a las Malvinas en todos sus actos administrativos como parte integrante del territorio heredado de España, según el uti possidetis juris de 1810.
Posteriormente, en 1820, el coronel de la marina argentina, David Jewett, asumió su cargo en las Malvinas, en nombre de las Provincias Unidas del Río de la Plata, mediante un acto que fue publicado en medios de los Estados Unidos y el Reino Unido, sin haber recibido reclamo oficial de ninguna nación.
Cinco años más tarde, en el marco de la firma del Tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1825, Gran Bretaña no efectuó manifestación alguna respecto de su soberanía sobre las Malvinas, considerando que, en dicha década, los gobiernos argentinos designaron gobernadores en el archipiélago, quienes mantuvieron vigente la legislación sobre recursos pesqueros, el otorgamiento de concesiones territoriales y diversos actos demostrativos de la soberanía sobre las islas.
Tampoco el Reino Unido protestó la creación de la Comandancia Política y Militar de las Malvinas en 1829, luego de sucesivas administraciones españolas y en el marco del interés del Atlántico Sur.
Dos años después, el gobierno argentino envió una goleta de la Armada para restablecer el orden en las islas, luego de la irrupción de una nave estadounidense, gestionando ante los Estados Unidos la correspondiente reparación.
Posteriormente, en 1833, el Reino Unido ocupó ilegalmente las islas, expulsó a las autoridades constituidas, impidiendo la radicación de ciudadanos argentinos provenientes del continente, designó un gobernador y asignó un oficial de la Armada para permanecer en las islas, iniciando así su colonización.
Vale destacar que lo hizo pese a que Londres había aceptado las cláusulas y acuerdos de Utrecht, los cuales garantizaban las posesiones españolas en el sur de América. Como acto de fuerza llevado a cabo en tiempo de paz, sin comunicación ni declaración previa de parte de un gobierno amigo de la República Argentina, fue inmediatamente rechazado y protestado. A pesar de que dicha protesta fue renovada e incluso ampliada en reiteradas oportunidades, el Reino Unido mantuvo respuestas negativas.
Quedando pendiente el proceso reconocido por el Secretario de Asuntos Extranjeros británico en 1849, la República Argentina continuó planteando la cuestión en distintos niveles del gobierno, incluso mediante profundos debates en el Congreso de la Nación. Sin embargo, al no recibir respuesta alguna, un año después, propuso llevar la cuestión al arbitraje internacional, lo que también fue rechazado por el Reino Unido.
Iniciado el siglo XX, se generalizó la presentación de protestas ante el Reino Unido, así como las reservas correspondientes ante los organismos multilaterales por las acciones británicas, y la ampliación de la controversia a otros territorios insulares del Atlántico Sur y antárticos, sobre los que se comenzaban a desarrollar diversas actividades.
En 1908, Gran Bretaña anexó territorios de las Islas Georgias del Sur, Orcadas del Sur, Shetland del Sur, Sándwich del Sur y el territorio antártico que denominaban “Tierra de Graham”, como dependencias de la colonia de las Malvinas. Inmediatamente, la Argentina extendió sus protestas a dichos territorios.
En 1960, al entrar en vigor el Tratado Antártico, la controversia de soberanía sobre las Orcadas del Sur, las Shetland del Sur y la parte pertinente del territorio antártico quedó cubierta bajo el artículo cuarto de ese tratado. Los territorios de las Georgias del Sur y las Sándwich del Sur continuaron conformando, junto con las Malvinas, el espacio geográfico de disputa de soberanía con el Reino Unido.
Cinco años después, la Asamblea General de la Naciones Unidas invitó oficialmente a la Argentina y al Reino Unido a entablar negociaciones y encontrar una solución pacífica y definitiva a la controversia, teniendo en cuenta los intereses de los habitantes de las islas. Dicho llamado fue reiterado en más de cuarenta resoluciones de la Asamblea General y el Comité Especial de Descolonización.
En 1982, la República Argentina rompió el statu quo establecido por Gran Bretaña y por el que no se produjeron hechos de magnitud que modificaran la situación de la soberanía de las islas, iniciando una operación militar, con las consecuencias de público conocimiento.
La reciente invasión de Ucrania por parte de la Federación Rusa, que ha generado el conflicto geopolítico más grave desde la Segunda Guerra Mundial y que, sin dudas, tendrá serias consecuencias globales, genera una oportunidad para evaluar estrategias creativas a fin de mejorar nuestra posición relativa y llegar a una solución compatible para la “Cuestión de las Islas Malvinas”.
Los conflictos armados, como las graves crisis, finalmente dejan enseñanzas que, inteligentemente asumidas, generan avances en el mundo. De la fracasada y trágica aventura en nuestro mar austral aún no hemos obtenido nada a cambio. Pero aunque sufrimos una derrota militar, deberíamos asumir mayor fortaleza para lograr una victoria por el camino de la política exterior y el derecho, entendiendo que las consecuencias de una derrota deben superarse y de ninguna manera afectar la causa, mientras el derecho nos asista.
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