
A partir de hoy, las boletas de servicios públicos no podrán incluir cargos adicionales ajenos a los bienes y servicios contratados, como tasas e impuestos locales. Esta medida, establecida por la resolución 267/24 de la Secretaría de Comercio, entró en vigor luego de otorgar un plazo de 30 días para que las empresas se ajustaran a la normativa.
La resolución afecta a todas las empresas de servicios públicos y a quienes comercializan bienes en todo el país. En las facturas emitidas, solo se podrá incluir la descripción del servicio y su precio correspondiente, sin ningún tipo de cargos extras no relacionados directamente con el servicio brindado.
Ante posibles incumplimientos, los consumidores podrán denunciar irregularidades enviando un correo a [email protected], y las empresas que no cumplan con la nueva norma se enfrentarán a multas.
Esta medida se complementa con las resoluciones emitidas por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), que prohíben igualmente la inclusión de conceptos ajenos a los servicios en las facturas.
La decisión fue tomada en respuesta a las reiteradas quejas de consumidores y denuncias públicas sobre la inclusión indebida de tasas e impuestos locales por parte de algunos municipios y gobiernos provinciales. Asociaciones de consumidores de todo el país han respaldado la medida, argumentando que estos cobros aumentaban innecesariamente el costo total de las facturas.
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