Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Click aquí para activar las notificaciones y recibir las noticias directamente en su escritorio.

Nacionales

Impuesto a las Ganancias: ¿cómo se computan el aguinaldo y los bonos con el nuevo proyecto?

El capítulo fiscal que acompaña la Ley Bases, próximo a tratarse en la Cámara de Senadores, propone cambios en el Impuesto a las Ganancias. No solo respecto al esquema de liquidación, Mínimo No Imponible (MNI) y deducciones en lugar del piso, sino también de las exenciones. En caso de aprobarse, ¿Cómo se va a tratar el aguinaldo y los bonos?

Así, quedarían comprendidos los gastos de representación, viáticos, viandas, movilidad, bonificación especial, protocolo, riesgo profesional, coeficiente técnico, dedicación especial o funcional, responsabilidad jerárquica o funcional, desarraigo, bono por productividad, horas extras o cualquier otro concepto, cualquiera fuera la denominación que se le asigne.

"Se eliminaría la exención por los bonos de productividad, fallo de caja, horas extras por diferencia entre el valor extraordinario y ordinario por los fines de semana y feriados y la deducción incrementada que tenía la zona patagónica. Todos los que venían deduciendo estos conceptos se le va a incrementar el costo del impuesto", afirmó el CEO de Lisicki Litvin & Asociados, César Litvin.

Por conceptos: ¿Salto de escala?

Por las retenciones mensuales que les hacen a los empleados del impuesto, el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, destacó que puede suceder que ante el cobro de un concepto adicional salten en la escala.

"Puede pasar que en un mes determinado el trabajador cobre un bono y pase a estar en una escala más alta, pero luego cuando se recalcula en el acumulado de todo el año, quizás esté en una más baja y se puede llegar a devolver impuesto", especificó.

En donde entrarían a jugar los efectos de la inflación, que ya acumuló en el primer trimestre un 51,6% (Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)), porque en caso de que se retuviera de más recién se devolvería entrado el 2025.

La misma postura sostiene el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti, quien remarcó que el pago de estos conceptos puede hacer saltar a los contribuyentes dados a los tramos más cortos que tienen las escalas (que irían del 5% al 35%).

"Los saltos son más leves, es una progresividad atenuada", argumentó Litvin. Y agregó: "Hay que tener en cuenta que el MNI van a tener una actualización en septiembre de 2024 y a partir del año que viene de forma semestral (enero y julio)".

Deducción especial para aguinaldo

En cuanto al aguinaldo, se plantean cambios respecto a la legislación actual, que solo lo deja exento para aquellos asalariados que no superen el piso de los 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) (hoy $ 2,3 millones) que plantea el régimen cedular.

"Si bien el aguinaldo deja de estar exento, habría una deducción especial de la doceava parte", remarcó Domínguez. Y argumentó que el objetivo de la misma es evitar que aquellos trabajadores que no estén alcanzados por el impuesto tampoco lo hagan cuando reciban el Sueldo Anual Complementario (SAC).

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Últimas noticias

Fotos

Queremos invitarte a conocer Tierra del Fuego a través de sus maravillosos paisajes.

DJI_0453.jpg

ver todas las fotos

Videogalería Ver más

Momentos TDF

Teclas de acceso