A partir del 1 de diciembre de 2024, el sistema de salud en Argentina experimentará un cambio significativo con la implementación de la Resolución 3284/2024. Según lo dispuesto en el Boletín Oficial, todas las entidades que ofrezcan planes de salud financiados total o parcialmente con fondos provenientes de la seguridad social deberán inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS).
Esta medida pone fin a la triangulación que existía entre las obras sociales sindicales y las empresas de medicina prepaga, permitiendo que los trabajadores registrados puedan derivar sus aportes directamente a la empresa de salud de su elección, sin necesidad de pasar por una obra social. Anteriormente, los aportes debían ser canalizados a través de las obras sociales, que retenían una parte de los fondos, encareciendo el servicio para los afiliados.
Con la nueva disposición, más de 6,3 millones de afiliados tendrán la libertad de destinar sus aportes directamente a su prestadora de medicina prepaga, eliminando costos adicionales y simplificando el proceso. Las prepagas que no se inscriban en el RNAS antes de la fecha límite no podrán comercializar sus planes y enfrentarán sanciones conforme a la Ley N° 26.682.
El fin de la intermediación también representa un avance hacia una mayor transparencia en el sistema de salud, ya que la medida busca evitar que los fondos de la seguridad social sean utilizados de manera opaca a través de subsidios estatales. Esta decisión promete reordenar el sector y generar beneficios tanto para las empresas de medicina prepaga como para los usuarios, quienes podrán acceder a servicios más competitivos y con menores costos.
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