El Gobierno envió al Congreso de la Nación cuatro proyectos de ley vinculados con temas de Seguridad que busca ampliar las herramientas para la lucha contra el delito e incorpora elementos para endurecer penas en caso de reiterancia.
Se trata de una nueva Ley Antimafias, la creación de un Registro Nacional de Datos Genéticos, la incorporación del concepto de reiterancia y modificaciones para los casos de legítima defensa.
"Son medidas que el Gobierno Nacional considera fundamentales para terminar con el crimen en todas sus formas y dar lugar a un cambio profundo y definitivo para toda la sociedad argentina", indicó el Ministerio de Seguridad.
Los proyectos de ley llevan las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de gabinete de ministros, Nicolás Posse y de los ministros de Seguridad y Justicia, Patricia Bullrich y Mariano Cúneo Libarona respectivamente.
Una por una, qué dicen las nuevas leyes de Seguridad
1- Nueva Ley Antimafias
Apunta contra las organizaciones criminales y se diseño para aplicarla a varios delitos. “La ley contra las organizaciones criminales, cambia de cuajo el modelo que hoy significa que vayamos agarrando hormiguita por hormiguita. Ahora vamos por el hormiguero”, graficó Bullrich cuando presentó en marzo de 2024, el proyecto en Casa Rosada. Contempla cuatro aspectos claves:
Se circunscribe a la comisión de delitos que involucren tráfico ilícito de estupefacientes, lavado de activos, homicidios, lesiones, pornografía infantil, privación ilegítima de la libertad, secuestro, coacción, amenazas, extorsión, trata de personas, tráfico de órganos, intimidación pública, incendios, estragos y tenencia ilegal de armas y/o explosivos.
Se contempla una pena más alta de 8 a 20 años de prisión o reclusión por la mera pertenencia a la asociación.
La pena por delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho también se aplicará a todos los miembros de la organización
la extinción de dominio de cualquier bien que presumiblemente sea producto de sus actividades para su inmediata transferencia al dominio del Estado Nacional.
2- Reiterancia
De acuerdo a la ley vigente, se considera reincidente a toda persona que fue condenada dos o más veces a una pena con privación de la libertad efectiva. Con la introducción de la reiterancia, ya no será condición que las condenas hayan sido cumplidas. Si concurren dos hechos independientes, las penas se suman de manera aritmética, hasta un máximo de 50 años.
3- Nuevo Registro de Datos Genéticos
Se propone ampliar el alcance del actual Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, que funciona en la órbita del Ministerio de Justicia, con la creación del “Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados con la investigación criminal”, en el ámbito del Ministerio de Seguridad de la Nación. Así, se extiende el registro a todos los delitos.
Se prevé poder comparar las huellas genéticas que se obtengan en la escena del hecho con el perfil genético de los imputados y condenados, agilizando así todos los procesos para alcanzar Justicia.
Incluye el aporte voluntario de familiares de personas en búsqueda, de manera que se podrá comparar el perfil genético de un cuerpo o de una persona no identificada con esas huellas otorgadas por sus familiares.
4- Legítima defensa
Propone que se contemple la situación de quien se defiende de un agresor que, aun desarmado, puede tener una diferencia de edad, contextura física o experiencia en la riña o en el número de agresores suficientes para dañar su integridad física o sexual.
Comprende no solo a quien se defiende de la presencia de un extraño en su hogar, sino también en un lugar donde legítimamente se alojará o trabajará, tal como podría ser una oficina, comercio o establecimiento.
Se incorporan también precisiones que ya ha recogido en algunos casos la jurisprudencia, como la situación de quien se defiende de alguien que apunta con un arma falsa con apariencia de un arma real o de quien ejerce una agresión -típicamente disparos de un arma de fuego- mientras se aleja de la víctima.
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