“Esta estrategia electoral está por fuera de los que contempla la ley o las posibilidades de estrategias electorales que contempla la Ley 470. El régimen de partidos políticos establece que pueden atenerse o hacer uso de manera temporal frente a los comicios mediante: las fusiones, la confederación y la alianza. Es decir, si quieren los partidos postular candidatos idénticos, van a tener que optar por la estrategia de la alianza”, había asegurado a modo de explicación la magistrada.
La presentación ante la Cámara de Apelaciones involucró a varios partidos políticos, entre ellos FORJA. Uno de los argumentos esgrimidos en contra de la medida tenía que ver con razones metodológicas, ya que aseguraban las fuerzas políticas que las listas espejo se utilizaban hace muchos años en cada votación provincial. La explicación fue rechazada de plano por todos los magistrados firmantes.
Se espera que, ante la premura que impone el calendario electoral, los partidos políticos que recurrieron el fallo de la jueza Zanini y que sufrieron un nuevo revés en la Cámara de Apelaciones, reiteren su postura esta vez ante el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego.
Compartinos tu opinión