En Argentina el voto es universal, igualitario, secreto y obligatorio, por eso todos los ciudadanos están obligados a acudir a las urnas para expresarse a través de la emisión del sufragio. Aunque existe la opción de votar en blanco o anular el voto, introduciendo por ejemplo cualquier boleta rota, en caso de que no se elija a uno u otro candidato, la obligación ciudadana se considera igualmente cumplida cuando las autoridades electorales registran el acto de la persona.
En otros países el voto no tiene carácter de obligatorio por lo que no se sanciona de ninguna forma a quienes no lo emiten, situación diferente en nuestro país, en donde solo se libera de la responsabilidad ciudadana de votar a los jóvenes de 16 a 17 años ni a los mayores de 70. En ambos casos pueden votar o no, sin que la ley luego los persiga.
¿Y qué ocurre si la persona se enferma o está imposibilitada de concurrir a la escuela en donde le corresponda votar por razones de fuerza mayor? Entonces deberá enviar un certificado médico a través del correo electrónico justificació[email protected] para justificar la no emisión de su voto. Y si la razón hubiera sido otra y pudiera acreditarse suficientemente, se deberá remitir nota explicando la situación y adjuntando los elementos respalda torios.
En el caso de aquellas personas que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar en donde deban ejercer su derecho electoral deberán presentarse el día de la elección ante la autoridad policial más próxima, la que extenderá un certificado que acredite tal circunstancia. Luego esta constancia deberá remitirse a la Justicia Electoral, en forma presencial o a través del mail justificació[email protected], dentro de los 60 días posteriores de la fecha de elecciones a fin de justificar la no emisión del voto.
Quienes no justifiquen la no concurrencia a votar el próximo domingo 14 de mayo, deberán afrontar una sanción económica de $2.800.-, además de arriesgarse a tener dificultades en la realización de trámites ordinarios para los que las autoridades podrán exigir la presentación de la oblea de cumplimiento ciudadano.
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