La última actualización que difundió este miércoles el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas (REDAM), indica que desde marzo a octubre momento en que comenzó la pandemia y se vive el aislamiento social preventivo y obligatorio; creció el listado de personas que incumplen con la cuota alimentaria de sus hijos.
En la actualización a octubre del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, se sumaron ocho nuevos casos este año, completando así una nómina de 67 casos desde que se puso en vigencia la ley que impone una serie de medidas a quienes no cumplen con la cuota alimentaria que impone un Juez en casos de divorcio de cónyuges
La actualización anterior realizada en el transcurso del año del REDAM, apareció en el Boletín Oficial 4649 (fechado el martes 28 de julio), donde se consignaban a los nuevos deudores: Jorge Rubén Paz (15 de marzo) y Leandro Alberto Barriga (27 de julio).
Ahora, en el Boletín Oficial 4725 (fechado el miércoles 28 de octubre), se sumaron seis casos más. Los nuevos incumplidores de la cuota alimentaria a sus hijos, son: Edwin Torrico Trujillo (30 de julio); Néstor Francisco Adolfo Risoglio (11 de agosto); Roberto Mauricio Aguilar Ampuero (14 de agosto); Emanuel Guillermo David Muñoz Gómez (1 de septiembre); Gonzalo Alberto Torres (17 de septiembre); y Jorge Antonio Sotelo (26 de octubre).
La actualización del registro está a cargo de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. El incumplimiento es informado por el Juzgado de Familia que impone el pago de una cuota alimentaria para la mantención de hijos en común de la pareja que decide separarse.
Por ley provincial 531, en Tierra del Fuego se hace público el registro de personas incumplidores de la cuota alimentaria. En el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, figuran todos aquellos que adeuden total o parcialmente tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, siempre que entre la primera y la quinta no hayan transcurrido más de 24 meses ya sea por alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia firme.
Entre las sanciones previstas en la ley, los deudores morosos de cuotas alimentarios quedan inhabilitados para actuar como proveedores o contratistas de todos los organismos del Estado provincial.
También quedan inhabilitados para la apertura de cuentas corrientes, otorgamientos de créditos o cualquier otro tipo de operación financiera o comercial en el Banco Provincia de Tierra del Fuego. Aquellos que figuran en el REDAM quedan inhabilitados para su inscripción como postulantes a adoptantes. En este caso, las autoridades de la Dirección de Minoridad y Familia serán responsables de requerir al postulante, la certificación de libre deuda.
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