Este jueves 11 de julio hay un feriado especial para un grupo de personas en la provincia de Tierra del Fuego. Los ciudadanos de Río Grande celebran el aniversario fundacional del municipio, ya que en 1921 se creó este distrito en esta misma fecha. Por lo tanto, cumple 103 años de su creación. En ese sentido, se estableció que los empleados del poder judicial provincial de esta ciudad tendrán un día asueto.
Cabe aclarar que por el momento solo aplica para los trabajadores judiciales de esta zona, según indica el sitio oficial del Poder Judicial fueguino. Años anteriores, este asueto administrativo también alcanzó a los empleados del Departamento Ejecutivo Municipal, pero aún no se publicó un decreto por parte de las autoridades del distrito que lo establezca este año. De todos modos, puede que en los próximos días se pronuncien al respecto las autoridades del Poder Ejecutivo local.
La ley 20.744, también conocida como la ley de Contrato de Trabajo, establece el régimen por el cual se pagan a los empleados que prestan sus servicios durante los días asueto. “En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical en cuanto a la prohibición del trabajo. En dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan con domingo”, detalla el artículo 181 de la normativa. Por lo tanto, se les debe pagar a los empleados lo mismo que un día laboral normal durante un feriado.
En tanto, quienes deban trabajar durante un asueto tendrán una remuneración diferencial. “Todo trabajador que preste servicios por estar afectado a las excepciones previstas en aquellas normas legales cobrará la suma que tenga asignada, más una cantidad igual”, puntualiza la Ley de Contrato de Trabajo. En ese sentido, las personas que trabajen un feriado cobrarán el doble de lo que reciben por una jornada laboral.
Diferencia entre feriados nacionales y días no laborables
La ley de Contrato de Trabajo también se refiere a los feriados nacionales y a los días no laborables, y en su artículo 165 explica que quedarán establecidos en el régimen legal que los regule. En este caso, se refiere a la ley 27.399 de “Establecimiento de feriados y fines de semanas largos”. La LCT precisa en la cláusula 166 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Esto quiere decir que las personas que trabajen en feriados cobrarán el doble de lo que reciben por una jornada laboral.Mientras tanto, en el artículo 167 explica que los días no laborales son optativos para el empleador para el sector privado. Por lo tanto, es él el que decide si se trabaja; y si es así, el empleado percibirá su salario simple. En tanto, son de aplicación obligatoria para la administración pública. Lo mismo ocurre con los bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación.
El calendario completo de los feriados nacionales que quedan del 2024
Todavía quedarán varios feriados nacionales este 2024:Julio
- Martes 9 de julio: Día de la Independencia
- Sábado 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín
- Viernes 11 de octubre: feriado turístico
- Sábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- Lunes 18 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20/11)
- Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
- Miércoles 25 de diciembre: Navidad
Compartinos tu opinión