En la etapa de alegatos que se llevó a cabo en el día de ayer tras el crimen de Juan Carlos Lucena, la fiscal Marchisio consideró probado el delito de homicidio doblemente agravado por alevosía y pidió que Facundo Mancilla y Eduardo Acosta sean condenados a prisión perpetua.
El defensor oficial planteó que sus asistidos cometieron el delito de homicidio en ocasión de robo, lo hizo en dialogó con el programa “Lo + sano posible”, que se emite de 22 a 00 horas por Radio Fueguina (fm 96.9).
“Ha sido un hecho de altísima gravedad que impacto mucho en la comunidad, son hechos infrecuentes y claro que impacta, Fue una jornada sensible, colmada de emociones y compleja”. Manifestó Gustavo Ariznabarreta culminada la etapa de alegatos.
Por su parte aclaró “yo lo que plantee en el este caso desde la apertura del juicio, que lo que iba a trabajar era en condiciones objetivas de punibilidad que no es lo mismo que inimputabilidad. Es una palabra especifica que a veces se recoge muy livianamente y se le da un cambio reinterpretativo que produce obviamente confusión”.
En esta misma línea agregó “yo lo que siempre dije es que acá había un hecho probado con autorías concretas y lo que había que discutir era el grado de culpabilidad que tenían en función de trabajar sobre una hipótesis de una culpabilidad atenuada, pero no hablé nunca de inimputabilidad; porque dicho esto, no está probada, no lo estaba antes y no lo está ahora” aclaró.
A partir de los agravantes postulado por la fiscal sustentada en el Articulo 80 del Código Penal, que considera la alevosía por un lado y el homicidio criminis causae, el defensor oficial planteó:
“Lo que yo expuse es que estamos en presencia de otra forma agravada de robo, que es el homicidio cometido en ocasión de robo que no tienen las mismas consecuencias en términos prácticos de condena que el homicidio agravado que tiene prisión perpetua; y que si tiene una escala penal muy alta que va desde 10 a 25 años más que el homicidio simple”.
Por lo que solicitó al Tribunal de Juicio que, en caso de dictar sentencia condenatoria contra Acosta y Mancilla, la misma sea por el delito estipulado en el artículo 165 del Código Penal.
Por último, el abogado Dr. Gustavo Ariznabarreta puso en consideración sus aspiraciones respecto a la sentencia que pueda dictar el Tribunal de Juicio en lo criminal en relación a su petición y la efectuada por la Dra. Marchisio. “Estos dos jóvenes son presas de una realidad propia, no estoy trasladando a la comunidad ningún tipo de culpabilidad. Lo que digo es que nos está pasando cosas muy graves a nivel conductual, que tenemos que asumir que las drogas legales están causando muchos problemas que no los podemos todavía dimensionar, temas de agresividad que son tremendos”.
Y concluyó “si pensamos que todo termina con una respuesta punitiva que implique cualquier tipo pena y se crea que con esto vamos a terminar de vivir estos problemas, yo les diría que estamos viendo estos problemas por el agujero de la cerradura, me estoy perdiendo del resto, lo que veo es un poquitito de lo que ocurre”.
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