La norma, que modifica el artículo 128 del Código Penal, se publicó este martes en el Boletín Oficial junto al decreto 349/2018, que fue firmado por el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de Justicia Germán Garavano.
La ley establece penas de entre tres y seis años de cárcel para la simple tenencia del material. Hasta ahora, sólo estaba penalizada la producción y distribución, y se castigaba la tenencia sólo si tenía fines de distribución o comercialización.
En Diputados, el apoyo al proyecto fue mayoritario: contó con 212 votos a favor y una sola abstención por parte de Romina Del Plá, del Frente de Izquierda.
\"No tenemos que tener temor y hay que decirlo con todas letras: el que tiene pornografía infantil es un pedófilo. Es un paso previo para la materialización del abuso sexual infantil\", denunció en esa oportunidad la presidenta de la Comisión de Legislación Penal y miembro informante del proyecto, Gabriela Burgos, de la UCR.
Burgos advirtió que en Argentina \"hay un negocio con ganancias de 250 millones de pesos anuales\" en torno al material pornográfico de menores. \"Argentina está entre los 10 países del mundo que más \'bajan\' pornografía infantil, y entre los tres primeros de la región que avanza no sólo en \'bajar\' este material, sino también en producirlo\", precisó la jujeña.
Burgos también detalló que \"el 85% de los ciberdelitos que se cometen en nuestro país están relacionados a la pornografía infantil y al grooming\".
Compartinos tu opinión