La juez subrogante de Ejecución, Doctora Felicitas Maiztegui Marcó resolvió revocar la libertad condicional concedida el 1 de julio del año pasado en beneficio de Emiliano Gabriel Ortiz. Dispuso además que el tiempo que transcurrió en libertad no sea computado para el cumplimiento de su condena.
La revocación es por incumplir la regla que se le impuso al tiempo de concederle la libertad condicional, consistente en prohibición de manejo de cualquier vehículo automotor y bajo ningún pretexto.
La Resolución fechada el pasado 7 de julio hace mención que al imputado se le atribuye haber quebrantado la inhabilitación especial para conducir vehículos, que por el lapso de 10 años le impuso el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur (Causa Nº 1234/08).
En esa oportunidad fue condenado a 12 años de prisión y 10 de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de homicidio en concurso ideal, con homicidio en grado de tentativa y con participación en una prueba de velocidad ilegal.
A fines de junio, la Doctora Maiztegui Marcó remitió un oficio a la policía provincial en el que le solicitó tareas para detectar si el imputado manejaba algún tipo de vehículo.
El día 5 de julio alrededor de las 4 de la tarde, a Ortiz, efectivos policiales lo advirtieron manejando un automóvil Nissan Versa, en el casco céntrico de Ushuaia.
Según lo investigado, al ver que la Policía lo buscaba, Ortiz aceleró, se subió a la vereda y esquivó el móvil policial, continuando su marcha hasta San Martín y 25 de Mayo, donde finalmente fue aprehendido en carácter de incomunicado, bajo el procedimiento de flagrancia, por infracción al artículo 281 bis y atentado y resistencia a la autoridad.
Por ese episodio, el Juzgado de Instrucción N° 1 del Distrito Judicial Sur, a cargo del Doctor Javier De Gamas Soler, confirmó la prisión preventiva a Emiliano Gabriel Ortiz, por los delitos de quebrantamiento de pena y resistencia a la autoridad, solicitados por el Fiscal Eduardo Urquiza.
Cabe mencionar que luego de colectar las pruebas que le permiten tener por acreditada la materialidad de los hechos, autoría, y la consecuente responsabilidad criminal de Emiliano Ortiz, el Fiscal Urquiza justificó la elevación a juicio de estas actuaciones, por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de quebrantamiento de una inhabilitación judicialmente impuesta y resistencia a la autoridad, en concurso real (arts. 45, 55, 281 bis y 239 del C.P, y art. 402 quinto a octavo del C.P.P.P.).
El Fiscal elevó la causa de flagrancia al Juzgado Correccional –ingresó el pasado lunes- para que se dicte sentencia sobe los delitos reprochados.
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