Aquellas personas que hayan participado en la Guerra de Malvinas como soldados pueden acceder a una jubilación anticipada de
Anses, siempre y cuando no tengan trabajo en relación de dependencia y tampoco estén cobrando otra jubilación.
Al igual que otras pensiones de Anses, en julio estos beneficiarios cobrarán sus haberes con un 4,2% conforme a la nueva Ley de Movilidad jubilatoria dispuesta por el gobierno.
¿Quiénes tienen derecho a cobrar esta jubilación?
- Los soldados conscriptos que participaron en la guerra de Malvinas entre el 2 de abril de 1982 y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones de Malvinas o en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur.
- Los civiles que cumplían funciones de apoyo en esas fechas y en esos lugares.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada
- Probar que participaste en la guerra de Malvinas como soldado conscripto o como civil. Tenés que presentar la certificación que extiende el Ministerio de Defensa, actualizada al momento de pedir tu jubilación anticipada.
- Tener 53 años o más al momento de pedir tu jubilación anticipada.
- Probar 10 años de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Si fuiste soldado conscripto, el tiempo que cumpliste el servicio militar obligatorio se computa como 2 años de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
¿Qué prestaciones puedo cobrar con esta jubilación anticipada?
Podés cobrar 3 de las prestaciones incluidas en el art. 17 de la ley 24.241:
- Prestación básica universal.
- Prestación compensatoria.
- Prestación adicional por permanencia
¿Cómo tramitarla?
Para tramitiar la jubilación anticipada, los ex veteranos de Malvinas deben sacar un turno en ANSES desde anses.gob.ar y hacer el támite de forma presencial.
La presentación de la documentación se realiza al momento de iniciar tu trámite jubilatorio.
Llegado el momento, te piden el certificado que extiende el Ministerio de Defensa sobre tu participación en la Guerra de Malvinas.
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