ANSES: Requisitos para la Asignación por Maternidad
- Estar en la semana 12 de gestación o más.
- Contar con al menos tres meses de antigüedad en el empleo al iniciar la licencia por maternidad.
- En el caso de trabajadoras de temporada, es necesario estar trabajando en el momento de iniciar la Licencia por Maternidad.
- Trabajadoras en relación de dependencia, lo cual abarca a trabajadoras rurales y de temporada.
- Trabajadoras de casas particulares registradas.
- Personas que estén recibiendo beneficios a través de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).
En relación de dependencia
- Llenar el formulario Declaración Jurada de Novedades Unificadas SUAF (PS 2.55) en los apartados 1, 3 y 9.
- El apartado 6 debe ser cumplimentado por el médico y debe incluir la misma fecha del certificado con el cual se notificó la licencia al empleador. También es posible adjuntar una copia del certificado médico firmada por el empleador en lugar de completar este apartado.
- El apartado 9 requiere la firma tanto de la persona que realiza el trámite como de su empleador.
- Completar el formulario Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico (PS 2.75) en los apartados 1, 2, 3, 4, 5 y 6.
- El apartado 4 no es necesario completarlo siempre que se presente en su lugar una nota del empleador, con carácter de declaración jurada, que indique la fecha de notificación del diagnóstico del hijo y adjunte el certificado médico emitido y firmado por autoridad competente, que incluya el nombre, DNI y diagnóstico.
- El apartado 6 debe contar con la firma tanto de la persona que realiza el trámite como de su empleador.
- Se requiere la constancia de "Alta de Personal de Casas Particulares", la cual se obtiene ingresando con CUIL y Clave Fiscal al portal de Casas Particulares de AFIP.
- Adicionalmente, se debe presentar el Formulario F.102/RT - "Volante de Pago Trabajador de Casas Particulares Aportes y Contribuciones" o el recibo de sueldo.
ANSES publicó el calendario de pagos de todas sus prestaciones como la Asignación por Maternidad de enero 2024.
- DNI terminados en 0 y 1: jueves 11 de enero.
- DNI terminados en 2 y 3: viernes 12 de enero.
- DNI terminados en 4 y 5: lunes 15 de enero.
- DNI terminados en 6 y 7: martes 16 de enero.
- DNI terminados en 8 y 9: miércoles 17 de enero.
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