El Gobierno anunció que la mayoría de las empresas de medicina prepaga van a retrotraer los aumentos a valores de diciembre y devolverán lo que hayan cobrado por encima de la inflación.
Así lo informó el vocero presidencial, Manuel Adorni, en su conferencia de prensa. "La Argentina de la avivada se terminó", remarcó el portavoz del presidente Javier Milei.
El vocero explicó además que las empresas "deberán aplicar como máximo" el IPC "para ajustar las cuotas por los próximos 6 meses". La medida, explicó Adorni, se tomó a raiz de una denuncia "por presunta cartelización".
En el marco de una investigación por presunta colusión, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó, de forma preliminar, que existen indicios sólidos de un acuerdo colusivo entre las empresas de medicina prepaga. Además, consideró también los efectos inmediatos de este supuesto accionar, que es el aumento cuasi uniforme en los precios de los planes.
A raíz de lo anterior, emitió un dictamen aconsejando al Secretario de Industria y Comercio del Ministerio de Economía la adopción de una medida cautelar en los términos del artículo 44 de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia (LDC), que faculta a la Secretaría de Industria y Comercio, en cualquier etapa de una investigación, a imponer el cumplimiento de condiciones u ordenar el cese de conductas con el objetivo de evitar que se produzca un daño, o disminuir su magnitud, su continuación o agravamiento.
El dictamen sostiene que siete empresas de medicina prepaga, la confederación que las agrupa y la persona preside la misma, deben cumplir con los siguientes requerimientos:
- En primer lugar, por el plazo de 6 meses, los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales a ser cobradas no podrán superar al siguiente cálculo: la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023). La medida aclara que, en el caso de los clientes dados de alta luego de diciembre de 2023, el ajuste debe realizarse teniendo como base un plan similar al contratado.
- En segundo lugar, cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial.
- Asimismo, la medida preventiva ordena además a las compañías de medicina prepaga a presentar información a la CNDC sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes. Las empresas deberán aportar datos desde diciembre de 2023 en adelante, e informar su actualización con una frecuencia mensual. A su vez, las compañías y la UAS tienen la obligación de publicar, en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la notificación de la cautelar, el texto completo de la medida de tutela anticipada en sus respectivos sitios web.
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