El Ministerio de Salud, mediante Resolución N° 1370, dispuso que desde este 7 de octubre, aquellas personas que regresen a Tierra del Fuego -por cualquier medio- deberán acreditar domicilio en la provincia y constancia de PCR mediante técnica de hisopado para detección de SARSS-CoV-2/ COVID 19 “no detectable” no mayor a las 72 horas o constancia de anticuerpos (IgG) positivos.
La medida surge a raíz del incremento de casos y la situación epidemiológica actual, la cual determinó que la provincia se encuentre en fase de circulación comunitaria del virus, no resulta necesario la realización de los 14 días de aislamiento, toda vez que los ingresantes provienen de otras provincias con idéntica característica de transmisión.
Asimismo, se aclara que desde este 7 de octubre se suspende el aislamiento para aquellas personas que regresaron a la provincia durante los últimos 14 días y que no tengan síntomas compatibles con COVID 19 o no estén cumpliendo aislamiento por alguna medida sanitaria dispuesta.
En ese sentido se recuerda la importancia de cumplir con las medidas de bioseguridad como distanciamiento social; uso de tapaboca; lavado frecuente de manos; airear y limpiar los espacios de la vivienda.
De igual modo, ante la presencia de algún síntoma compatible con COVID 19 como tos; dolor de garganta; dolor muscular; fiebre igual o superior a 37.5°C; pérdida del olfato o gusto, como así también en caso de tener contacto estrecho con resultado positivo, comunicarse al 107 y aislarse a fin de evitar la propagación del virus.
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