A través del decreto N° 1418, el gobernador Gustavo Melella estableció una suba de hasta 10 mil pesos en dos adicionales salariales que se paga a trabajadores estatales de planta permanente sobre quienes recae la función de \"cajeros, firmantes de cuentas o de fondos permanentes\".
Según la nueva normativa, de acuerdo a los montos que estos trabajadores tengan a cargo como cajeros o firmantes, percibirán desde 2.500 a 10 mil pesos.
Para el Gobierno, se trata de \"reconocer la mayor responsabilidad\" de quienes administran fondos públicos.
A modo de repaso, desde el Ejecutivo recordaron que mediante el decreto provincial Nº 372 de 1998 se dispuso que en todo el ámbito del Poder Ejecutivo, organismos descentralizados, empresas del Estado y entes autárquicos, se liquide el \"Suplemento por Fallo de Caja\" destinado a los agentes que desempeñen en forma permanente funciones de cajeros o similares.
A través del decreto provincial Nº 1465 de 2007 se establecieron, entre otros, los valores de ese suplemento y luego, por el decreto provincial Nº 2902 de 2011 se adecuaron los alcances del suplemento y se sumó un nuevo adicional denominado \"Adicional Responsabilidad por Fondos Públicos\" que contempla a los estatales designados como \"firmantes de fondos permanentes, fondos de afectación específica o cuentas de tesorería\".
\"Resulta pertinente introducir modificaciones en pos de la mejora en el funcionamiento y aplicación de los conceptos retributivos que han sido instituidos por las citadas medidas\", argumenta el decreto firmado por Melella, entendiendo que es \"oportuno fortalecer los montos correspondientes al suplemento y adicional\".
Y agrega: \"En aras de profundizar el proceso tendiente a hacer más eficiente el funcionamiento de la Administración Pública resulta necesario adoptar medidas que mejoren el control y la transparencia en el uso de los recursos públicos, por lo que deviene imprescindible concentrar en el Ministro de Finanzas Públicas la facultad de asignar el Suplemento y Adicional\".
El decreto establece además que el \"Suplemento por Fallo de Caja\" o el \"Adicional Responsabilidad por Fondos Públicos\" tendrán carácter remunerativo y no bonificable pero no constituyen base de cálculo para determinar ningún otro adicional.
Finalmente, se invita a los entes descentralizados, entidades autárquicas y a los poderes Legislativo y Judicial a adherir al decreto.
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