Se trata de sumar un inciso importante a la Ordenanza N°4088/20 ya sancionada en el Concejo Deliberante y que supone la obligatoriedad de la utilización de barbijos en espacios cerrados en la ciudad de Río Grande.
Ahora, a través de un trabajo impulsado el Concejal Abregu se tratará la incorporación del inciso que supone multas para aquellos infractores que incumplan con el uso de tapaboca-barbijo, punto que no había sido incorporado hasta el momento.
Por ello, según el proyecto quienes no cumplan con la ordenanza serán pasibles de multas de entre 200 y 2000 unidades punitorias (UP), lo que significa sanciones de entre $3800 y $38 mil.
En ese sentido, el proyecto propone:
Artículo 2°) INCORPORAR el Articulo 5°BIS a la Ordenanza Municipal N°4088/2020, el cual quedará redactado de la siguiente manera.
SANCIONES. Serán pasibles de multas desde 200 UP a 2000 UP, aquellos que lleven adelante las siguientes acciones:
Circular en la vía publica incumpliendo distanciamiento social y uso de tapabocas.
El comercio, supermercado, hipermercado o centro de atención privado en la que haya personas sin tapabocas.
Los medios de transporte públicos y privados en que se encuentran personas sin tapabocas
Ante el primer incumplimiento serán notificados de apercibimientos, en caso de reiterarse se aplicarán las multas estatuidas.
En caso de insolvencia comprobada de los infractores, el Tribunal Administrativo de Faltas Municipal podrá asignar el cumplimiento de tareas comunitarias en Instituciones municipales. El producido de las multas será destinado a los servicios de salud de la Municipalidad de Río Grande.
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