Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Click aquí para activar las notificaciones y recibir las noticias directamente en su escritorio.

Tolhuin

Termas: "La empresa tiene 5 días para desalojar el predio"

El Juez del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, Ernesto Loffler, abordó cuestiones clave sobre el reciente fallo relacionado con las termas de Río Valdez, un tema que ha suscitado un gran interés y debate en la comunidad. Durante la entrevista, Loffler analizó las implicancias legales del fallo y los aspectos relevantes que rodean la inconstitucionalidad planteada por la defensa.

El juez explicó que el fallo en cuestión fue dictado a partir de una sentencia firme en 2018, en la que la empresa Roanmat Sociedad Responsable Limitada había consentido la resolución. Esto significa que dicha sentencia cuenta con la autoridad de cosa juzgada. "Es un fallo que no puede ser modificado por ninguna resolución que se dicte posteriormente", aclaró Loffler, subrayando la solidez del dictamen original.

Desde el fallo de 2018, han ocurrido varias modificaciones en la legislación provincial, incluyendo la ampliación del ejido urbano de Tolhuin a través de la Ley Provincial 1147. Esta ley otorga al municipio de Tolhuin, y en particular al Intendente Daniel Harrington, la legitimación para solicitar el desalojo de la empresa del predio de 400 hectáreas donde se encuentran las termas de Río Valdez. "La ampliación del ejido ha creado un nuevo contexto que permite al municipio actuar en consecuencia", afirmó.

Loffler también enfatizó que la empresa no solo se enfrenta a cuestiones administrativas, sino que la Ley Nacional 17091, vigente en el momento del convenio original entre Roanmat y el Gobierno Territorial, juega un papel crucial en el proceso judicial. "Si la empresa no cumplía con las condiciones establecidas en el convenio de concesión, podía ser desalojada a través de esta norma", indicó, lo que refuerza la legalidad del procedimiento que se está siguiendo.

Durante la conversación, Loffler también aclaró que, a pesar de la rapidez del proceso, ha sido avalado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. "Esta corte ha determinado que el concesionario, tras ser desalojado, puede presentar una acción contra el Estado por daños y perjuicios, lo que significa que el proceso de desalojo no implica automáticamente una inconstitucionalidad", explicó el juez, añadiendo que se han seguido todos los pasos legales requeridos.

Al concluir la entrevista, el Juez Loffler instó a la comunidad a leer la sentencia sobre las termas, señalando que, aunque extensa, proporciona una clara comprensión sobre la evolución del conflicto. "La empresa tiene cinco días para entregar el predio, y si no lo hacen, se recurrirá a la Fuerza Pública para materializar la orden", concluyó, enfatizando que el cumplimiento de la ley es fundamental para el funcionamiento del sistema judicial.

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Últimas noticias

Fotos

Queremos invitarte a conocer Tierra del Fuego a través de sus maravillosos paisajes.

DJI_0453.jpg

ver todas las fotos

Videogalería Ver más

Momentos TDF

Teclas de acceso