El Ministerio Público Fiscal (MPF) rechazó la denuncia presentada por los concejales Valter Tavarone (Somos Fueguinos) y Vladimir Espeche (Movimiento Popular Fueguino) contra el tratamiento del proyecto de ordenanza para crear el Ente Ushuaia Turismo (ENUTUR), el cual ya fue aprobado en primera lectura.
La denuncia, presentada como una medida autosatisfactiva, buscaba frenar el avance del proyecto hacia su sanción definitiva en segunda lectura. Los ediles argumentaron que el tratamiento del proyecto no respetó el orden del día, careció de fundamentos legales claros y fue aprobado con una mayoría simple cuando, según ellos, debía haberse requerido una mayoría agravada.
Argumentos de las partes
Desde el Concejo Deliberante de Ushuaia, se defendió el proceso seguido, señalando que:
- El procedimiento cumplió con los requerimientos establecidos en el Reglamento Interno.
- El cambio de giro del proyecto a otra comisión fue decidido legítimamente dentro de la misma sesión.
- El mecanismo de "doble lectura" garantiza un análisis más exhaustivo y permite corregir cualquier irregularidad en la segunda etapa del tratamiento, donde se requerirá una mayoría agravada para su aprobación.
Decisión del Ministerio Público Fiscal
El fiscal determinó que la denuncia no cumplía con los requisitos necesarios para justificar la intervención judicial. Entre los principales puntos, se destacó que:
- No se demostró un daño concreto o inminente que ameritara la acción.
- Los concejales no actuaron en representación de la ciudadanía, sino en el marco de un conflicto interno del Concejo.
- La intervención judicial en una etapa preliminar del trámite legislativo sería una intromisión indebida en las facultades del órgano legislativo, las cuales solo pueden ser revisadas una vez que se emita un acto normativo definitivo.
Impacto de la decisión
Con este fallo, el proyecto del ENUTUR podrá avanzar hacia su tratamiento en segunda lectura, donde el Concejo Deliberante deberá cumplir con los requisitos establecidos, incluyendo una mayoría agravada para su aprobación final. Esta decisión reafirma la autonomía de los órganos legislativos en sus procedimientos internos, siempre que no se demuestre una violación manifiesta de derechos.
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