Provincia 23 realizó un pormenorizado análisis del proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Pública Provincial para el ejercicio 2022 que fue presentado el último día del pasado mes de agosto, tal cual lo estipula la Constitución de la provincia, por el Gobierno de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur ante la Legislatura.
En este sentido se detalla la partida presupuestaria que tendrá cada Ministerio, y ente Descentralizado para el próximo año, como así también la cantidad de personal que tendrá cada uno.
Asimismo se resalta los fondos que llegarán a la provincia en concepto de coparticipación federal, luego de la presentación por parte del Ejecutivo nacional del proyecto de presupuesto para el próximo año.
Resulta menester destacar el nivel de relevancia que tiene la presentación del proyecto en el marco del proceso presupuestario en curso, por cuanto refleja de forma resumida la política del Gobierno programada para el año próximo, esto a pesar de las dificultades para estimación de los agregados y variables macroeconómicas, siendo que las estimaciones nacionales, de gran preponderancia para el conjunto de las provincias, se conocieron recién el pasado jueves 16 de septiembre en horas de la mañana cuando el Gobierno Nacional presentó el proyecto de presupuesto 2022 para el Sector Público Nacional No Financiero al Congreso de la Nación.
El proyecto provincial estima los Gastos Corrientes y Gastos de Capital del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados), para el Ejercicio 2022 en la suma de pesos ciento veintiséis mil novecientos dieciséis millones setecientos sesenta mil setecientos cuarenta y cinco con 94/100 ($126.916.760.745,94).
El proyecto de presupuesto prevé en la suma de ciento un mil seiscientos cincuenta y seis millones veintinueve mil seiscientos treinta y siete con 73/100 ($101.656.029.637,73) el Cálculo de Ingresos de la Administración Pública Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el Ejercicio 2022.
En tanto se fija en la suma de pesos catorce mil ciento veintitrés millones ciento veinte mil trescientos ochenta y cinco con 40/100 ($14.123.120.385,40) los importes correspondientes a los Gastos Figurativos para transacciones corrientes y de capital de la Administración Pública Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados), quedando en consecuencia establecido el financiamiento por Contribuciones Figurativas de la Administración Pública Provincial en la misma suma.
Presupuesto nacional
En tanto el pasado día jueves ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de Presupuesto nacional que fija para el próximo año una suma de más de 13 billones de pesos para el total de los gastos corrientes y de capital del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2022: un total de $13.336.520.431.311 billones de pesos. Ahora, resta que el Congreso lo apruebe o haga modificaciones.
El texto de la ley de leyes prevé una inflación de 33%, un dólar oficial a $131,1 a diciembre y un crecimiento del Producto Bruto Interno de 4%. A su vez, también se espera una recaudación 43,5% mayor, y un déficit primario del 3,3%.
Además de los pronósticos para el próximo año, se modificaron las proyecciones para lo que resta de 2021. De esta manera, en la Casa Rosada se espera para fines de este año. El cambio más destacado es el de la proyección de inflación, que pasó a 45,1% mientras que originalmente se esperaba un 29%, por lo que hubo un salto de 16%. También se prevé un crecimiento del 8%; un salario real con una suba del 3,8%; un déficit primario del 4% y un déficit financiero del 5,4%. Por su parte, el dólar oficial se mantendría igual, a $102,40, según el texto.
Más de 59 mil millones de pesos en coparticipación para la provincia
El Presupuesto Nacional 2022 presentado por el Gobierno que consiste en más de 4500 fojas calcula en 59.014 millones de pesos lo que será la coparticipación nacional para Tierra del Fuego, siendo la provincia de menor índice.
Administración Pública Provincial
La Administración Gubernamental tendrá gastos por 40.901.291.532,00 pesos, los
Servicios de Seguridad tendrán gastos por 6.641.781.097,74 pesos, los
Servicios Sociales tendrán gastos por 60.466.320.914,75 pesos, Servicios Económicos tendrán gastos por 13.657.789.238,54 pesos, y Deuda Publica de 5.249.577.961,91 pesos, sumando un total 126.916.760.745,94.
Administración Central
La Administración Gubernamental tendrá gastos por 38.448.401.453,56 pesos,
Servicios de Seguridad tendrán gastos por 6.641.781.097,74 pesos, los Servicios Sociales por 46.894.673.845,76, los Servicios Económicos por 7.810.194.971,01, deuda publica por 5.249.577.961,91, totalizando 105.044.629.329,98 pesos.
El 2021 cierra con un déficit de más de ocho mil millones de pesos
El resultado económico de la Administración Pública Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el Ejercicio 2021 se estima en la suma de pesos menos ocho mil novecientos cincuenta y cinco millones novecientos cincuenta y cinco mil ciento treinta y seis con 65/100 ($ -8.955.955.136,65) de acuerdo a los Esquemas de Ahorro e Inversión.
También se fija en la suma de pesos nueve mil ciento sesenta millones doscientos cuarenta y un mil ciento cincuenta y seis pesos con 93/100 ($ 9.160.241.156,93) el importe correspondiente a los gastos para atender el Servicio de la Deuda.
Distribución del presupuesto entre Ministerios y entes Descentralizados
La suma total de los ciento veintiséis mil novecientos dieciséis millones setecientos sesenta mil setecientos cuarenta y cinco con 94/100 ($126.916.760.745,94) se va a dividir entre la Administración Central y los Organismos Descentralizados del Estado.
De esta manera el Poder Legislativo estima recursos para el próximo año de acuerdo al presente presupuesto por 2.479.542.373,87 pesos.
El Pode Judicial estima recursos en 6.627.367.976,03 pesos, el Ministerio Jefatura de Gabinete en 112.040.795,30, el Ministerio de Gobierno, Justicia, y Derechos Humanos tiene presupuestado gastos por 444.746.029,30, el Ministerio de Finanzas Públicos estima recursos por 80.567.663.016,62, el Ministerio de Salud en 680.400.000,00, el Ministerio de Desarrollo Humano en 54.300.000,00, el Ministerio de Trabajo y Empleo en 3.490.000,00, el Ministerio de Obras y Servicios Públicos en 1.140.127.402,80, la secretaria General, Legal y Técnica en 45.000.000,00, el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología en 130.523.765,12, el Ministerio de Producción y Ambiente en 822.589.203,51, el Tribunal de Cuentas en 878.969.054,61, la Fiscalia de Estado en 133.319.014,03, el Instituto fueguito de Turismo en 430.773.478,58, la Dirección Provincial de Puertos en 1.961.860.524,33, el Instituto Provincial de Viviendas y Hábitat en 4.328.400.000,00, la Dirección Provincial de Vialidad en 1.744.977.607,54, la Dirección Provincial de Energía en 1.715.000.000,00, la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios en 7.338.860.413,41, el Instituto Provincial de Regulación de Apuestas en 191.621.049,41 y la Agencia de Recaudación Fueguina en 1.357.368.101,81, sumando un total de 113.188.939.806,27 pesos.
Cargos por entes
En función de los recursos que tendrán cada Ministerio y ente descentralizado, el proyecto de Presupuesto fija en diez mil quinientos noventa y uno (10.591) el número total de cargos de la planta de personal del Poder Ejecutivo Provincial, exceptuando el escalafón docente, para el Ejercicio 2022, de acuerdo a la presente ley.
En este sentido se fija en ochocientos ochenta y nueve (889) el número total de cargos de la planta del Poder Judicial.
En cuatrocientos doce (412) el número total de cargos de la planta del Poder Legislativo.
En ciento setenta y cuatro (174) el número total de cargos de la planta de personal permanente y no permanente del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
En dieciocho (18) el número total de cargos de la planta de personal permanente y de personal no permanente de la Fiscalía de Estado.
Se estima en cinco mil ochocientos cincuenta (5.850) el número total de cargos de la planta de personal perteneciente al escalafón docente, en tanto que se estima en setecientas ochenta mil (780.000) la cantidad de horas cátedras destinadas a ser utilizadas en el Sistema Educativo de la Provincia durante el Ejercicio 2022.
1.384 cargos tendrán la planta de personal de los Organismos descentralizados
En tanto se fija en mil trescientos ochenta y cuatro (1384) el número total de cargos de la planta de personal de los Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2022, de acuerdo a lo indicado en el detalle que obra en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ley de Presupuesto.
De esta manera el Instituto Fueguino de Turismo tendrá 84, la Dirección Provincial de Puertos 171 cargos, el Instituto Provincial de Vivienda 260 cargos, la Dirección Provincial de Vialidad 155 cargos, la Dirección Provincial de Energía 162,la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios 195 cargos, el Instituto Provincial de Regulación de Apuestas 111 cargos, y la Agencia de Recaudación Fueguina 246 cargos, totalizando un total 1.384 cargos.
329 el número de personal de los organismos de la Seguridad Social
Por otro lado se fija el número de trescientos veintinueve (329) el número total de cargos de la planta de personal de los organismos de la Seguridad Social para el Ejercicio 2022.
De esta forma la Caja de Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego tendrá 82 cargos, la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego gozará de 214, mientras que la Caja Compensadora de Policía Provincial y S.P.P. tendrá 33 cargos, totalizando 329.
Detalle de algunos artículos
En tanto que en el artículo 19º del proyecto de Ley de Presupuesto establece que el Poder Ejecutivo Provincial podrá incorporar nuevos cargos presupuestarios correspondientes a las finalidades Salud, Educación y Seguridad, ante la creación de nuevas dependencias administrativas construidas o habilitadas para tal fin en el presente ejercicio, previo informe fundado de la necesidad de la misma por parte del área requirente, y verificada la existencia de partidas presupuestarias a tal efecto.
Por otro lado en el artículo 20º se estima en pesos mil ochenta y cuatro millones ciento cincuenta y tres mil seiscientos cuarenta y dos con 00/100 ($ 1.084.153.642,00) el crédito presupuestario total para respaldar los beneficios previstos a otorgar bajo el Régimen Único de Pensiones Especiales (R.U.P.E.), Ley Provincial N° 389, durante el ejercicio 2022.
En el artículo 22º se establece de eximir de todo impuesto y tasa provincial creado o a crearse a las operaciones de crédito público y emisiones de Letras de Tesorería que se realicen en virtud de la autorización otorgada por la presente Ley.
En tanto en el artículo 24º se establece facultar al Poder Ejecutivo a destinar lo percibido por el concepto Tasas de Transporte – Ley Provincial 440, artículo 10, punto 9, cuenta presupuestaria N° 1210904000, como afectación específica a la adquisición de equipamiento, (Bienes de Uso y de Consumo), a cargo de la Secretaría de Protección Civil del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos. El artículo 25° establece autorizar al Poder Ejecutivo a la renegociación de aquellos contratos que se encuentren en curso de ejecución, en sus términos económico-financieros y plazos de concesión hasta un plazo máximo igual al establecido en el contrato original, en tanto hubiere transcurrido más de la mitad del término de la relación establecida en el acuerdo inicial, y siempre que se observen las condiciones que se enumeran a continuación. La renegociación se autoriza respecto de aquellas propuestas relativas a prestación de servicios públicos que impliquen un alto contenido de interés para el desarrollo de las políticas provinciales de recursos naturales, turismo, industria, comercio de la Provincia o incorporación de bienes de capital de interés social para la prestación de servicios esenciales del Estado. Dichas propuestas deberán consistir en lograr sustanciales mejoras en el servicio prestado, logrando sensibles incrementos en la inversión de fondos, mejorando o bien traducirse en la ampliación o mejora de la prestación de servicios esenciales a través de adquisición o renovación de bienes de capital.
En aquellos casos en que se decida encuadrar la renegociación en los términos del presente artículo la inversión deberá realizarse en un plazo no mayor a los tres (3) años de acordada la renegociación.
En los casos que se justifique encuadrar dichas renegociaciones el Poder Ejecutivo deberá producir un informe legal y contable por el cual se fundamenta la conveniencia en términos jurídicos económicos y financieros.
Exceptuase de la aplicación del presente artículo a las concesiones de servicios públicos
esenciales, celebrados por la Administración bajo norma de derecho público local, que se encuentren adjudicados o en curso de ejecución cualquiera fuera su naturaleza
En el artículo 28º se establece en pesos noventa millones ($ 90.000.000) el monto de transferencias corrientes para el Ejercicio 2022, del Laboratorio del Fin del
Mundo Sociedad Anónima, ente con participación estatal mayoritaria creado por Ley
Provincial 1136. El Poder Ejecutivo Provincial podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias a los Presupuestos del mismo, a aprobarse por el Ministerio de Finanzas Públicas.
Por su parte el artículo 29º establece autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a realizar operaciones de crédito público, hasta el máximo previsto en el artículo N° 70 de la constitución provincial, preservando el principio de sustentabilidad de la deuda pública provincial, cuyo objeto sea obtener medios de financiamiento para atender las consecuencias de la pandemia por COVID-19, dando debida cuenta del destino a la Legislatura Provincial.
Los créditos asumidos podrán ser representativos de deuda interna o externa, las tasas de interés acordadas no podrán ser superiores a las prevalecientes para operaciones de similares características, y se podrán afectar en garantía, ceder en pago y/o en propiedad fiduciaria los fondos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos de acuerdo a lo previsto en el Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por Ley Nacional 25.570, o el régimen que en el futuro lo reemplace, sin afectar los recursos coparticipables que correspondan a cada municipio en función de lo establecido en la Ley provincial 892 y sus modificatorias, y en la medida en que cumpla con las previsiones del artículo 70 de la Constitución Provincial. El plazo mínimo de amortización será de doce meses.
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