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Cuánto pagarán de Ganancias los trabajadores si se aprueba la Ley Bases

Con la sanción en Diputados de la Ley Bases existe la posibilidad concreta de que vuelva el Impuesto a las Ganancias. Se trata de un tributo que fue quitado en el último tramo del gobierno anterior y que ahora, si lo efectiviza la cámara alta, alcanzará a las personas de la cuarta categoría, es decir, las obtenidas del trabajo personal. Cuánto les descontarán del salario a los trabajadores y la reacción que generó en un gremio.

De aprobarse la ley, el Impuesto a las Ganancias no alcanzará a quienes obtienen ganancias de la renta del suelo generadas por el usufructo de los inmuebles urbanos y rurales (primera categoría); tampoco a quienes tienen ingresos de acciones, intereses o dividendos, conocidas como rentas del capital (segunda categoría), ni a las personas que ganan dinero por sociedades y empresas unipersonales (tercera categoría). Por el contrario, si el Senado aprueba la Ley de Bases y, específicamente, el capítulo de Ganancias que tuvo este martes media sanción en Diputados, casi un millón de personas que viven de su trabajo, volverán a pagar Impuesto a las Ganancias.

El Impuesto a las Ganancias fue derogado en septiembre de 2023 por el Congreso por iniciativa del exministro de Economía y excandidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa. En plena campaña electoral, la mayoría de los legisladores acompañó la propuesta e incluso, Javier Milei -en ese entonces diputado nacional y también candidato presidencial- argumentó que apoyaría todo lo que implique reducir o eliminar impuestos. Cinco meses después de haber sido elegido como Presidente de la Nación, Milei contradice sus propias palabras como legislador. En la media sanción de la primera Ley de su gobierno se vuelve a incorporar el impuesto, renombrado como "impuesto a los ingresos personales".

En caso de aprobarse la norma con las modificaciones propuestas, en los próximos meses quedarán alcanzados los trabajadores de la cuarta categoría. Es decir, los trabajadores solteros que tengan un salario neto de $1.494.000 y una remuneración bruta mensual de $1.800.000 -que se estableció como "el mínimo no imponible para empleados solteros"- y los trabajadores casados y con hijos que perciban más de $2.300.000.

De acuerdo al proyecto oficial, un trabajador con una remuneración bruta de $2.400.000 y neta de $2.081.277,39 sin deducciones por cónyuge o hijos pagaría un impuesto mensual de $74.582,66. Es decir, un 19% de su salario. En el caso de una persona con el mismo sueldo pero con deducciones declaradas por 2 hijos menores de 18 años, el monto mensual que se le descontaría, de aprobarse el proyecto, sería de $32.389,17, equivalente a un 15%. Mientras que, un trabajador con el mismo salario con deducciones por cónyuge y dos hijos menores de 18 años, entonces el monto mensual a pagar sería de $4.999,99, es decir, representaría un 5% del sueldo.

Con un salario bruto de $4.900.00, el descuento mensual por Ganancias sería de $751.047 mientras que si un empleado con ese ingreso aplica deducciones por cónyuge y dos hijos menores de 18 años, el impuesto sería de $597.999,97. En esos casos, el impuesto equivaldría al 35% y 31% de la remuneración bruta.

Foto: SDC Asesores Tributarios.

"El cálculo no es tan sencillo. La retención tiene deducciones, depende de distintas variables. Además, el porcentaje que figura en el cuadro es el tramo de la alícuota máxima, no necesariamente eso es la retención. Por eso, hay muchas calculadoras de Impuesto a las Ganancias donde uno coloca el salario en bruto, el salario en neto, si tiene hijos, si tiene obra social, si tiene empleada doméstica, si paga alquiler, porque todo eso va deduciendo del Impuesto a las Ganancias", explicó el economista José Vargas a MDZ.

La reacción de un gremio

Tras la media sanción de la Ley Bases, que restituye este impuesto que alcanzará a más de un millón de trabajadores, la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte anunció la realización de asambleas de trabajadores de transporte aéreo, terrestre y marítimo para el próximo lunes 6 de mayo. La medida fue confirmada por el secretario general de la CATT, Juan Carlos Schmid

"El 6 de mayo en horas de mañana y cerca del mediodía se interrumpirán las actividades en el transporte aéreo, terrestre, portuario y marítimo en rechazo al acuerdo fiscal que nuevamente sanciona el Impuesto a las Ganancias", aseguró Schmid en su cuenta de la red social X (ex Twitter), antes del tratamiento que terminó con la media sanción de la Ley Bases. Además, advirtió que si el Pacto Fiscal vuelve a afectar el bolsillo de los trabajadores, "va a haber conflicto".

La Federación Marítima Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina (Fempinra) y la Federación Sindical Marítima y Fluvial (Fesimaf), también se sumarían a la medida. De esta manera, los servicios de colectivos, trenes, subtes y aviones podrían verse afectados este 6 de mayo entre las 8 y las 11 horas.

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