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Despido e indemnizaciones: cómo es el "modelo UOCRA" que el Gobierno busca trasladar a más actividades

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado este miércoles por el presidente Javier Milei dispone que cada gremio pueda negociar con el sector empresarial que le corresponda el reemplazo del actual sistema de indemnizaciones por despidos sin causa por un régimen similar al que rige para la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA). ¿Pero en qué consiste realmente?

El gremio de trabajadores de la construcción constituyó un fondo de desempleo donde el empleador deposita -durante el primer año de trabajo- el 12% del salario mensual del trabajador a una cuenta bancaria. En el segundo año de relación laboral, ese porcentaje se reduce al 8%. El monto genera intereses a favor del trabajador, que son inembargables y de libre disponibilidad una vez que se termina el vínculo laboral.

Este esquema pretendería reemplazar las indemnizaciones por despido y precisaría consensuarse entre las cámaras empresariales y los sindicatos representativos de cada actividades, constituyéndose a partir del convenio colectivo de trabajo.A través de un DNU, el libertario busca reducir el costo laboral de las empresas, incluida la indemnización por despido. La reforma laboral que contempla el DNU ómnibus tiene como principal objetivo alentar a las empresas a tomar empleados, según señaló Milei.

Desde la óptica del nuevo gobierno, uno de los puntos clave para lograrlo es la reducción de la indemnización por despido, en línea con los pedidos de las principales cámaras patronales.

El texto prevé limitar el componente salarial o remunerativo que se debe tomar en cuenta para el cálculo de las indemnizaciones mediante la exclusión de tickets canasta, vales alimentarios, bonos anuales y otros gastos puntuales como el pago del teléfono móvil.

Es decir, si el salario que se considera es menor, el monto de la indemnización también termina siendo menor.

Este punto resulta significativo cuando se negocian indemnizaciones de altos cargos, como gerentes, subgerentes y directores, quienes por lo general son los que tienen mayor cantidad de beneficios de este tipo dentro de su ingreso mensual.

A su vez, se propone reducir el costo de los intereses de las indemnizaciones que se resuelven a través de un juicio laboral.Entre las reformas laborales se establece la posibilidad de reemplazo del actual sistema de indemnizaciones por un régimen similar al del sector de la construcción

Fondo de cese laboral

Otro de los puntos que impulsa el Gobierno es la creación de un fondo de cese laboral para cubrir las indemnizaciones por despido a partir de un aporte mensual que debería hacer el empleador.

Sería un sistema similar al que se aplica ahora en la actividad de la construcción, aunque tendría varios matices diferentes, que aún no quedan claros.

Otra vez, los laboralistas se quejaron: dicen que la propuesta es inconstitucional porque el artículo 14 bis de la Constitución no dice que hay que reparar el daño que el trabajador sufre, sino que hay que protegerlo contra el despido arbitrario.

Y agregan que en ese caso la protección no existiría porque al empleador el despido no le costaría más que un porcentaje mensual que de todos modos estaría obligado a pagar. Además, aclaran que la actividad de la construcción es una industria muy particular.

Si una empresa empieza una obra y cuando la misma termina tiene que indemnizar a todos, se hace sumamente costoso.

Entonces, se consideró que solo en esa actividad podía ser admisible un sistema así. Tiene alguna racionalidad, pero no tendría ninguna en los otros sectores, advierten los laboralistas.El anuncio de Milei apunta, además, a reducir el costo laboral a través de la extensión del período de prueba, llevándolo de 3 a 8 meses. Y a eliminar las sanciones establecidas por ley que el empleador debe pagarle a aquellos trabajadores que no tenía registrados.

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