En atención a las condiciones en las que trabajan frente a la pandemia, un proyecto legislativo impulsa limitar la responsabilidad penal a médicos y demás integrantes del equipo de salud por acciones realizadas durante la atención de pacientes afectados por el coronavirus Covid-19, tanto en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, y mientras dure la emergencia sanitaria.
De acuerdo a la iniciativa de la diputada oficialista Carolina Moisés, que cuenta con el respaldo de diferentes instituciones médicas, los procedimientos realizados en ejercicio de esas funciones en el marco de la pandemia y de la emergencia sanitaria declarada por el decreto 260/2020, que sean objeto de denuncias, acusaciones y/o imputaciones penales no podrán configurar en ningún caso los delitos tipificados en los artículos 106°, 202° y 203° del Código Penal, y por lo tanto no serán punibles.
La norma presume que las acciones realizadas por los profesionales y el personal de la salud quedan comprendidas en los supuestos del artículo 34°, inciso 3° y 4° del Código Penal, por los que no son punibles “el que causare un mal por evitar otro mayor inminente a que ha sido extraño” y “el que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”, salvo que se acredite el dolo del sujeto y/o su intención deliberada de propagar la pandemia del coronavirus Covid-19, o de abandonar a una persona.
La iniciativa atiende una alternativa largamente señalada como es la posibilidad de que un profesional deba decidir entre dos pacientes a quién destinarle un respirador.
\"La elección profesional de salvar a un paciente por sobre otro, si bien claramente debe estar precedida de un análisis de las enfermedades de los pacientes, y las posibilidades de sobrevida, no es difícil de imaginar que pueda conllevar innumerables situaciones de denuncias familiares que se sientan afectados frente a la falta de atención de algún ser querido, y que por ello inicien una acción penal de abandono de persona tipificado por el art. 106 del código penal\", señalan los fundamentos del proyecto.
“Es preocupante el creciente índice de denuncias y acusaciones al que se ven expuestos los médicos y el equipo de salud a quienes les toca el rol de la atención directa de pacientes con coronavirus, que en muchos casos llegó a los estrados judiciales”, señaló Moisés.
“Se trata de una enfermedad nueva, en constante investigación, sobre la que se desconocen efectivamente muchas de sus implicancias pero que tiene una alta transmisibilidad comunitaria”, analizó la legisladora jujeña, y añadió que en determinadas circunstancias “extremar los recaudos sanitarios no es suficiente, y menos aun cuando los recursos económicos o de infraestructura no son los óptimos, por lo que no es conveniente sumar un elemento más de tensión a los ya existentes, exponiendo a los médicos y personal de la salud a un hostigamiento legal injusto”.
“En esta situación de extrema emergencia, es necesaria una política de Estado que salvaguarde la acción de los médicos y del personal de salud, reconociendo que el ejercicio de su profesión en estas circunstancias excepcionales merece un tratamiento especial”, concluyó la diputada jujeña.
El proyecto ya cuenta con las adhesiones expresas de la Sociedad Argentina de Infectología (SADI); la Red Integrada de Médicos Argentinos (REDIMA); la Asociación Cirujanos Plásticos de Buenos Aires (ACPBA); el Colegio de Médicos Distrito I; la Concertación de Entidades Médicas Independientes Bonaerenses (CEMIBO); la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora (SACPER); la Agremiación Médica Platense; la Asociación Austral de Oftalmología; la Sociedad de Oftalmologia de Mar del Plata (SOMDP) y el Círculo Médico de Rivadavia.
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