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Así es el trámite digital para liberar los vehículos afectados a la Ley 19.640

Los vehículos automotores al Régimen de Promoción Industrial para la provincia de Tierra del Fuego pueden ser liberados mediante un sencillo trámite digital.

Los residentes de ese distrito pueden realizar la gestión de manera completamente virtual, dentro del servicio “Presentaciones digitales”, opción “Liberación de vehículos afectados a la Ley 19.640”.

El trámite -de aplicación únicamente para las Aduanas de Río Grande y de Ushuaia- permite a los contribuyentes solicitar electrónicamente la liberación de automotores afectados al Área Aduanera Especial que opera en Tierra del Fuego. Es breve y este tutorial lo detalla paso a paso.

Los requisitos para liberar automóviles sin el pago de tributos, son:

- Vehículos Nacionales: 3 años de permanencia cumplidos en el Área Aduanera Especial contados a partir de la fecha que se realizó la exportación desde el Territorio Nacional Continental al Área Aduanera Especial

- Vehículos Importados: 5 años de permanencia cumplidos en el Área Aduanera Especial contados a partir de la fecha de inscripción inicial, es decir, a partir del efectivo patentamiento del rodado

En forma previa a cumplir con estos plazos, el interesado puede optar por liberar el automotor anticipadamente, aunque en ese caso debe cumplir con los requisitos establecidos y abonar los tributos correspondientes.

En el trámite se debe indicar claramente, respecto al vehículo, el dominio, la marca, modelo, número de motor y de chasis, si se trata de una liberación anticipada o no y si efectuó el cambio de motor (en caso afirmativo deberá comparecer al Registro del Automotor y solicitar el Certificado de Importación/Fabricación).

Los archivos que deberán adjuntarse en el trámite son el frente y dorso del Documento Nacional de Identidad, Título de Propiedad del Automotor (completo), Certificado de Importación/Fabricación, Formulario 04 (en caso de cambio de motor o baja sin recupero de piezas), Formulario 04 D (en caso de baja con recupero de piezas) y, en caso de corresponder, poder ante Escribano Público.

La Dirección General de Aduanas tiene la potestad de solicitar la verificación física y aforo del vehículo, por lo cual se reserva el derecho de citar al contribuyente a comparecer junto con el vehículo cuya desafectación se encuentra en solicitud.

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