Uno de los puntos destacados de la Ley de Buenas Prácticas es que “toda persona que participe en actividades de aventura en zonas agrestes de la provincia, individuales o en grupo, debe contar con una póliza de seguro vigente”.
En todos los casos que se organicen actividades comerciales de aventura en zonas agrestes de la provincia, o se cobre tarifa por participar en las mismas, los organizadores deberán disponer de una póliza de seguro vigente.
La póliza deberá ser contratada antes de iniciar la actividad en compañías y/o agencias de seguros que tengan oficinas comerciales con domicilio legal en la Provincia, a excepción de aquellos turistas con pólizas de seguros previamente contratadas.
En todos los casos deben cubrir como mínimo los siguientes aspectos: gastos relacionados con operaciones de búsqueda, rescate y evacuación en caso de emergencia. gastos médicos y hospitalarios derivados de lesiones sufridas durante la actividad de la persona como así también del personal destinado a su rescate; y la autoridad de aplicación podrá ampliar los requisitos exigidos.
Las compañías y/o agencias de seguros deben ofrecer un seguro anual para residentes provinciales que desarrollen actividades de aventura en ambientes naturales y agrestes de la provincia.
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